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La participación de la Justicia en la obstrucción de los vínculos

Por Andrea Queruz Chemes* - Francisco Lavisse** - Exclusivo para Comercio y Justicia
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Por Francisco Lavisse * y Andrea Queruz Chemes **

La familia se funda cuando dos personas se vinculan afectivamente entre sí mediante un proyecto construido en común, con un compromiso de correspondencia mutua, de compartir vivencias, de ampararse, de trascender en distintos aspectos.
La complementariedad de la pareja es dinámica; se construye en interacción permanente y continua. Las expectativas que la unen se proyectan positivas, superadoras y se relacionan al desarrollo personal, emocional, económico, y pueden incluir el deseo de ser padres. Así, con el paso del tiempo, la familia adquiere un equilibrio dinámico que le permite ejercer su función de contención, de cuidado y de desarrollo de sus miembros
El vínculo intrafamiliar es tan estrecho, que cuando sobreviene un proceso de separación o divorcio, el cambio afecta a todo el sistema de distinta manera tanto como unidad e individualmente a cada uno de sus integrantes. Este proceso es altamente angustiante y desestabilizador, se activan temores, miedo a la pérdida, decepción, sentimiento de frustración, conflictos sin revisar, y hasta parece devolver alguna mirada perdida que tenía uno del otro en la pareja. Sin embargo, la sensación de que casi nunca estamos preparados para separarnos, para afrontar pérdidas, para el cambio de cómo seguiremos de un modo distinto al que nos habíamos acostumbrado, incrementa la tensión y el temor a la incertidumbre.
Los cónyuges se separan, «los hijos no».
La separación conyugal no implica la separación parental, y los vínculos sólo se modifican natural y activamente, pues así como la familia se prepara «en la marcha» para metabolizar los cambios propios y externos, de igual manera tiene el mismo potencial para reacomodarse en otro proceso de cambio que provoca una separación. Claro que con frecuencia suele ser angustiante, despersonalizador y difícil en la subjetividad de la pareja.
La personalidad, los conflictos disfuncionales y los ajustes inadecuados dentro de la dinámica familiar, tienen rienda suelta cuando la pareja -o uno de sus integrantes- decide separarse. La irracionalidad y la ira como respuesta suele canalizarse a través de los hijos, quienes pasan a ser rehenes de alguno de los progenitores y hasta expuestos innecesariamente en un proceso judicial. Sin perjuicio de las situaciones que ameritan intervención de la Justicia para protección de alguno de los miembros de la familia, se radican con frecuencia denuncias en la Justicia Penal a la que se pueden llamar falsos- positivos en contra de alguno de los padres o abuelos del niño/a, que responde a otros móviles pero que es realizada a sabiendas de que la consecuencia inmediata es la restricción de acercamiento emitida por la justicia y su consecuencia, el impedimento de contacto y la obstrucción del vínculo, en la práctica, por tiempo indeterminado.
¿Cuáles son los efectos colaterales de la inconducencia de la ley?¿es reparable el daño ocasionado? ¿Qué pasaría si jueces y fiscales tuvieran que responder civilmente ante la mala praxis procesal?
El Estado, por intermedio del Poder Judicial, debe instrumentar todas aquellas medidas que permitan proteger a cualquier persona sin distinción de situación alguna. Las mismas no solo son para la mujer supuesta víctima, sino también a los hijos a quienes los conflictos de los adultos no deben alcanzarlos, y al hombre supuesto agresor donde la exclusión como medida mínima y la cárcel -sólo como medida máxima- no sirven para erradicar mal alguno sino que generan otro mucho mayor. Estas acciones sin el análisis de las causas del problema es como amputar un brazo por un dolor de uña. Es excesivo, retrógrado, inútil y por sobre todo es como tapar el sol con las manos, es decir de ningún efecto.
Si en una familia, los adultos no aprenden a coexistir como seres humanos, el Estado en su carácter de supuesto regulador de la vida en sociedad tiene que mediar para que esos conflictos tengan la menor consecuencia en reparar algún daño si se hubiere producido.
Los efectos devastadores de una familia desintegrada como son obligar a alguno de sus integrantes a abandonar lo que ha construido o lo que le pertenece; ó el hijo que experimenta de repente no poder ver al padre o madre o abuelo de quien depende psicológica y materialmente; ó los daños económicos colaterales donde el aportante o está en la calle o está preso; ó los daños psicológicos a menores que no entienden la situación de los padres, etc.,provoca que esos hijos crezcan con fragmentos de realidad que construyen como pueden

* Abogado. ** Psicóloga

Comentarios 1

  1. Roxana cerquetti says:

    Es una penosa realidad que crece de manera exponencial a partir de la ley de violencia de género (considera a TODAS las mujeres como víctima) ocasionando el desarraigo irremediable y total de los futuros adultos ,de parte de su identidad

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