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La necesidad de reformar el proceso penal de la Nación

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El Inecip realizó un relevamiento en los tribunales orales criminales porteños y expresó que demorar el tratamiento de los proyectos significa aceptar la vigencia de un modelo que “lejos se encuentra de ser eficaz, eficiente y respetuoso de los derechos y garantías”.

Si bien en 2010 comenzó a tratarse en la Comisión de Legislación Penal del Congreso de la Nación un proyecto de ley que propugna una reforma integral del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), su tratamiento “se cajoneó” pero el reclamo en cuanto a la necesidad de modificar la legislación sigue presente.

En ese sentido, tras llevar adelante una investigación sobre el funcionamiento de los tribunales orales en lo Criminal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Instituto en Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) elaboró un informe en el que valoró que es necesaria “una reforma estructural del sistema procesal penal federal” que involucre “la extensión de la oralidad en la totalidad del proceso” y “una transformación en la cultura judicial”.

El trabajo reveló que en muchos casos los juicios no cumplen con los estándares que marca la Constitución Nacional en términos de oralidad, imparcialidad, contradicción y publicidad.

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Además, subrayó que se evita la realización del debate y que se privilegian otras alternativas, como el juicio abreviado y la probation, que si bien resultan instrumentos válidos y necesarios en todo sistema, por la forma en que se encuentran regulados CPPN y la manera en la que se aplican en la práctica no se propician de manera temprana, una situación que “afecta la coherencia en la administración de los recursos y repercute en la celebración de juicios orales complejos”.

Sobre el tema, teniendo en cuenta las estadísticas oficiales del Ministerio Público Fiscal del período 2002-2009, el Inecip consignó que sólo 19 % de los casos se resolvió tras  juicios orales, en tanto que 50 % llegó a su fin por abreviados y 31% por la aplicación de la probation.

Paralelamente, destacó en su informe que los principios constitucionales se cumplen en un nivel formal y que no se observan las garantías de oralidad e inmediación; por ejemplo,  por  la gran cantidad de prueba incorporada por su lectura, plasmando que “el rol de los litigantes está subordinado al protagonismo de los jueces y del expediente, sin que se valore con los debidos alcances el testimonio de los expertos de parte”, y que fiscales y defensores quedan limitados a un “rol secundario” que afecta el cumplimiento de un “verdadero juicio contradictorio”.

La oralidad, a prueba

Los investigadores puntualizaron que en 72 por ciento de los juicios relevados se incorporaron testimonios por su lectura, estimando que ese dato “pone a prueba la oralidad” y “demuestra que en el actual sistema las declaraciones de la etapa de instrucción son consideradas pruebas”.

El informe fue realizado a partir de la observación de 35 causas en 23 tribunales de la Justicia nacional elegidos aleatoriamente desde su inicio hasta el momento en que se dictó sentencia, durante el último trimestre de 2008 y el año 2009.

Además, se efectuaron entrevistas para recopilar información sobre la infraestructura de las salas de audiencias y la forma como se organizan los juicios.

El trabajo concluye expresando que la reforma integral del sistema es una “opción impostergable” y resalta que demorar su tratamiento significa aceptar la vigencia de un modelo que “lejos se encuentra de ser eficaz, eficiente y respetuoso de los derechos y garantías”.

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