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La enseñanza del derecho y la mediación

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Por Diego Bricca * y Natalia Navazzotti ** exclusivo para COMERCIO Y JUSTICIA

La enseñanza viene sufriendo grandes y vertiginosas transformaciones. Se puede vislumbrar el gran impacto que produjo en el mundo la pandemia, que hizo repensar y replantear todos los aspectos de nuestra vida y sobre todo en uno de los eslabones imprescindibles de la sociedad: el de enseñanza-aprendizaje. Esta experiencia debió adaptarse de forma intempestiva a una realidad para la cual no estaba preparada, una virtualidad poco conocida y que no fue de fácil acceso. En este marco, la actividad universitaria debió transformarse, ya que las clases sin intervenciones presenciales generaron dificultades en el proceso de retroalimentación, indispensable para la construcción del conocimiento; por ello, las acciones áulicas se deben direccionar más a una práctica en la cual prime el debate y una mayor intervención de los estudiantes. 

Por otro lado, la enseñanza viene sufriendo la llamada infoxicación o exceso de información, proceso que implica que la cantidad de información que se recibe excede y satura, es decir, supera las posibilidades de asimilación y entendimiento: aunque este término (infoxicación) se acuñó mucho antes, es un fenómeno propio de la era digital. 

Además de las transformaciones antes señaladas, específicamente en el área de conocimiento que aborda el Derecho, se encuentran cambios. Así, en vistas de la complejidad de la realidad y los nuevos paradigmas existentes y, más aún, con las nuevas legislaciones a lo largo del país y particularmente en la provincia de Córdoba, su enseñanza debe adaptarse a todas estas vicisitudes. Todo ello nos lleva a preguntarnos ¿cómo aplicamos en la enseñanza-aprendizaje del derecho el paradigma de la justicia restaurativa? En primer lugar, las prácticas restaurativas permiten prevenir, detectar, gestionar y resolver las situaciones de conflicto en diferentes ámbitos (familiar, educativo, social, laboral, judicial, etcétera) reforzando los vínculos afectivos entre las personas involucradas.

Entonces se puede decir que uno de los principales cambios del derecho radica en la necesidad de comprender el fenómeno del conflicto, tradicionalmente ausente en los aprendizajes afines al derecho, y además en la búsqueda de métodos más eficaces que permitan afrontarlos. De esta manera, en las últimas décadas se produjo un importante auge de los denominados métodos adecuados de resolución de conflictos como la mediación, la negociación, el arbitraje, la conciliación, etcétera. Estos nuevos caminos, a diferencia de una concepción tradicional del derecho, no agotan sus recursos desde la diada del ganar-perder, que es una estructura sumamente valedera en ciertas circunstancias, pero no la única y no siempre la más conveniente. 

Esta adaptación a la realidad no es una actividad ontológica del profesional del derecho, sino que requiere que desde su formación académica se incentive a conocer y construir otros caminos en los que el objetivo sea distinto, orientado al ganar-ganar para las partes intervinientes; en los que se impulse a trabajar desde una óptica en la que permita a los ciudadanos ser reales protagonistas de las situaciones que los han llevado al conflicto. Podemos decir que es el momento de dar el gran paso y buscar que la enseñanza-aprendizaje del derecho indague en una mirada distinta frente a la resolución del conflicto, en la cual el litigio no sea la única opción sino una de las tantas formas. La formación de profesionales focalizada únicamente en el litigante no es óptima. Es necesario buscar una enseñanza desde una mirada más colaborativa y restaurativa, dejando de dar foco sólo a lo adversarial, pensando hacer hincapié en un sistema distinto a lo aprehendido a lo largo de la historia. Es menester dejar de enseñar desde esa estructura de constante lucha en la cual las relaciones son dejadas de lado e instruir a los futuros profesionales a trabajar en conjunto para que ellos puedan enseñar a las partes a aliarse para poder rodear el problema y superarlo. Mostrando de esta forma la importancia de centrarse en el futuro, buscando una solución. 

La relevancia de enseñar con esta otra mirada es generar colaboradores que acompañen en el desarrollo del proceso.

(*) Abogado y mediador. Adscripto en la cátedra de Mediación, Arbitraje y Negociación (Abogacía – UN Río Cuarto). Docente titular en Introducción al Derecho en Universidad Empresarial Siglo XXI.

(**) Abogada y mediadora. Adscripta en la cátedra de Mediación, Arbitraje y Negociación (Abogacía – UN Río Cuarto). Mediadora del Centro Privado de Mediación Kairós, del Centro del Colegio de Abogados de Río Cuarto y del Centro de la Asociación Civil de Mediadores de Río Cuarto

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