lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La dialéctica “ética-poder” en la perspectiva judicial

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Quizás sean sólo los memoriosos quienes puedan indicar si ha existido un tiempo social mejor que el presente para pensar en la conducta de la magistratura y, con ello, dotar de otra legitimidad a la acción de los jueces.

Por Armando S. Andruet (h)
Twitter: @armandosandruet
Exclusivo para Comercio y Justicia

Naturalmente que el planteo de una relación entre “la ética y el poder” tiene una extensa tradición tanto desde la perspectiva de la filosofía política como desde la filosofía de las ciencias, sólo por citar dos ámbitos disciplinarios en los cuales ello se ha manifestado en modo activo.

Para el primero, basta el recuerdo de las inagotables directivas del Príncipe -en la pluma de Maquiavelo-, y para el segundo, el derrotero de la práctica médica todopoderosa en manos de J. Mengele, como ciencia sin ética, es ejemplo suficiente.

Advertimos también de que la mencionada dialéctica entre ética y poder no sólo es compleja en sí misma sino que aparece, al menos prima facie, como viciada de una cierta realización disyuntiva, en la cual los extremos dialécticos que la conforman parecen no poder entrar en una síntesis óptima de ambos. Se conjuga en el pensar corriente que los hombres éticos son personas ingenuas ante el magnífico poder, como que aquellos que saben entender las claves del nombrado poder y advierten de las ataduras que la correspondencia ética impone como límite.

De tal guisa resulta que los poderosos -hombres con poder político, científico, económico, etcétera- sólo pueden llegar a dicho estándar si a la vez la responsabilidad ética que pueden poseer no excede una cota que, superada, termine disolviendo todo posible ejercicio de poder. Con ello, la máxima del poderoso sería: “obra de tal manera que tu poder nunca quede opacado por una exigencia ética”.

También debemos precisar que la dimensión que le damos a la acción de “poder” es tal que principalmente indica que con él se posibilita y se asegura transformar la realidad. Con independencia de que la realidad que se transforme sea política, científica, social o judicial.

Nada es posible de ser transformado en la escena de lo real sin un poder que lo lleve a cabo. El poder es el agente transformador de la realidad en casi la totalidad de las escenas de la vida colectiva de los hombres.

Sin embargo, bien puede decirse que la innumerable cantidad de acciones transformadoras posibles tienen dos grandes espacios operativos: por una parte los que resultan del intento de “controlar la naturaleza”, tal como R. Bacon lo quisiera, y por la otra el domesticar “las conductas humanas por la vía de las instituciones políticas”.

Es obvio que cualquiera de nosotros presta más atención al segundo de los espacios, puesto que en realidad es el que más inmediatamente nos acucia, sin embargo es también cierto que quien ejerza el poder sobre la naturaleza y la controle también habrá de controlar al hombre en la totalidad de sus dimensiones, incluida la política.

Los poderes judiciales son un tipo de institución de dominación de las conductas humanas, con la diferencia de que su poder dominativo no es ejercido directamente por los hombres sino intermediado por la ley que coarta la libre voluntad de los individuos de ser acabadamente libres. Nadie se sorprende en afirmar que los poderes judiciales afectan la libertad y autonomía de las personas en pos del aseguramiento de un proyecto colectivo.

Así, vuelve a aparecer la necesidad de que los actores de dicho Poder Judicial tengan una relación dialógica con la ética para que la mejora se pueda brindar. Sin ética que nutra las arterias que irrigan el poder al Poder Judicial queda éste a expensas de intereses meramente circunstanciales y, aunque en sí mismos fueran bondadosos, sus agentes son ocupantes transitorios de dicho beneficio y no creativos de él.

Una sonoridad ética en el ejercicio del poder de los poderes judiciales hace posible la comprensión por los ciudadanos de la razón profunda de su existencia. Los ciudadanos que no sólo esperan que los jueces resuelvan técnicamente bien las causas sino que hagan ello desde una práctica en la cual la dimensión de ejemplaridad se haga presente e irradie ello a todo su entorno profesional y biográfico.

Los jueces, al ser voz y rostro de la Justicia, deben serlo con vibraciones éticas que permitan cooperar a la formación de mejores ciudadanos y para lo que el entrenamiento generativo de una pedagogía cívica-judicial resulta de insustituible necesidad. Realización que no se ejecuta ni en un solo día ni de todos sus participantes en modo simultáneo; es día a día, uno a uno. Pero cuando la marcha nunca es iniciada, jamás se puede aspirar a tenerla por concluida.

La República Argentina ha pasado en los últimos años por procesos de transformación notables dentro del Poder Judicial. Desde ocasiones en las cuales éste tenía relaciones de cohabitación con los otros poderes del Estado a tiempos cuando esa relación fue de profundas desavenencias y de inviabilidad de todo diálogo.

Lo cierto es que en ocasión alguna hubo un desafío auténtico y sostenido en alguna proyección de tiempo para cambiar el eje de la relación dialéctica poder-ética. Los cambios que efectivamente se han producido (y ojalá que no sean iguales los que están por venir) no son cosméticos o estéticos. Se puede señalar de ellos que instrumentalmente han sido muy importantes, funcionalmente muy adecuados, técnicamente muy necesarios y productivamente muy eficaces. Sin embargo, no se visualiza todavía ninguna proyección que haga presumir que el Poder Judicial quiere ser un poder menos distante de los ciudadanos como lo es hoy, que está dispuesto a producir transformaciones no sólo ad extra del Poder Judicial sino ad intra de éste, para lo cual realice políticas de transformación ética en sus efectores.

Quizás sean sólo los memoriosos quienes puedan indicar si ha existido un tiempo social mejor que el presente para pensar en la síntesis ética de la magistratura y con ello dotar de otra legitimidad a la acción judicial de los jueces. Realmente lo ignoramos, pero aun con una cuota de incertidumbre, estimamos que el esfuerzo socialmente autoriza el riesgo. ¿Harán los jueces -en particular aquellos más cercanos a los ámbitos del poder político- un contrato moral fortalecido por las buenas prácticas profesionales?

Resulta particularmente interesante reflexionar sobre la dialéctica “ética-poder” en tiempos cuando lo que se advierte, por debajo de la superficie de la inevitable agenda setting que existe en muchas áreas del Poder Judicial, una suerte de “ocasionalismo judicial” que, como tal, ha quedado articulado a circunstancias momentáneas o sencillamente construido desde la inmediatez del acontecimiento histórico del que se trate.

Por diversas vías de estudio, la semiología de la ética judicial en el Poder Judicial argentino siempre llega al mismo síntoma, que se focaliza en el mismo lugar. Las justicias provinciales, con sus discordancias, son proclives a la comprensión de la dialéctica y buscan su solución sobre el eje de la ética. La Justicia nacional -no todos sus integrantes- es refractaria en general a los desafíos éticos y busca la vía de solución de la dialéctica en promoción del poder.

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