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La conservación de datos personales tiene límite

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El Tribunal de Justicia europeo declaró inválida la directiva que exige la conservación de los datos personales por los proveedores de servicios de comunicación electrónica con fines de prevención, investigación y juzgamiento de crímenes graves.

Por Matías Altamira * – Exclusivo para Comercio y Justicia

La directiva 2006/24/CE, de marzo de 2006, establece que los proveedores deberán conservar los datos de tráfico y de localización, así como los datos relacionados necesarios para identificar al abonado o al usuario, exceptuando el contenido de la comunicación y la información consultada. Ello permite saber con quién, cuándo, dónde y cómo se ha comunicado un abonado, así como su frecuencia. Estos datos permiten disponer de detalles precisos sobre la vida privada de la persona, sus hábitos cotidianos, actividades y relaciones sociales, inmiscuyéndose de algún modo en los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de datos personales.

El Tribunal argumenta que la injerencia autorizada no se limita a lo estrictamente necesario, al aplicarse a todas las personas, medios de comunicación electrónicos y datos relativos al tráfico sin diferenciación, limitación o excepción alguna. Tampoco fija un criterio objetivo que permita garantizar que las autoridades nacionales únicamente conocerán los datos y los utilizarán para delitos que, por su magnitud y gravedad justifiquen la injerencia. Otro agravante es que el acceso a los datos no se supedita al control previo de un órgano jurisdiccional. Si bien establece un plazo de conservación que oscila entre seis y 24 meses, no distingue entre las categorías de datos en función de las personas afectadas o de su posible utilidad con respecto al objetivo perseguido.

La directiva no tiene garantías suficientes para asegurar una protección eficaz de los datos contra abusos y accesos ilícitos, al autorizar a los proveedores a determinar el nivel de seguridad en función de sus costos, no exigirles la destrucción definitiva de los dato, ni obligarlos a que sean conservados en el territorio de la Unión.

Privacy International, que luchó por la derogación de esta directiva, exhorta a seguir trabajando para implementar los Principios Internacionales sobre la aplicación de los Derechos Humanos a la vigilancia de las comunicaciones, aprobados en julio de 2013 por más de 400 ONG del mundo y concluye que, cuando una mala ley se invalida, la sociedad civil y los legisladores tienen una oportunidad única para corregir los errores y promulgar un marco jurídico que proteja nuestro preciado derecho a la privacidad. Europa, a diferencia de Estados Unidos, prioriza la privacidad a la seguridad.

* Abogado especializado en nuevas tecnologías / [email protected]

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