viernes 27, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La canasta de crianza como referente de la cuota alimentaria

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Por María Luciana Alonso (*)

Las cuotas alimentarias pueden quedar desactualizadas por diferentes razones. Una de ellas es el cambio de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para determinarla. En este aspecto hay una larga casuística. Puede ser simplemente la mayor edad de los niños, niñas o adolescentes (NNA). Otra puede ser que los destinatarios de la cuota requieran una educación especial que lleve un costo más alto, como cuando tienen aptitudes de excelencia para algún deporte o actividad, arte etcétera. O cuando contraen alguna enfermedad crónica que requiere mayor cuidado, atención especial, dieta o medicamentos. Pero la razón más común de la desactualización del monto de una cuota alimentaria es la inflación.

Actualmente la herramienta más eficaz y de uso frecuente para que la cuota alimentaria no pierda valor frente a la inflación es fijarla con porcentajes con relación al salario mínimo vital y móvil (SMVM).

Esto fue un paso adelante respecto de las resoluciones que fijaban en montos fijos las cuotas alimentaria debido a que disminuye la conflictividad que se produce cuando la cuota queda desactualizada por inflación.

El SMVM es la menor remuneración que debe percibir un trabajador sin cargas de familia, en su jornada de trabajo según el Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el Salario, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión (art. 116 LCT). La norma es clara en alertar que el SMVM no incluye cargas de familias, por lo que estamos calculando cuotas alimentarias en base a las previsiones que hace el estado del pago mínimo que requiere determina una persona adulta trabajadora.

Por su parte, la capacidad económica del alimentante es una variable muy usada para determinar el pago de cuota alimentaria. De tal suerte que la mayoría de los alimentantes que trabajan en relación de dependencia aportan en concepto de cuota alimentaria, porcentaje de su sueldo. El monto que la jurisprudencia maneja es amplio, pero podemos afirmar con alto grado de certeza que excepto casos especiales, oscilan entre 20% y 30% del ingreso neto del trabajador dependiendo de la cantidad de hijos, la salud de ellos, el monto que cobra el alimentante en concepto de retribución de haberes y también, la buena voluntad del que tiene que pagar que en muchas ocasiones reconoce las necesidades reales de sus hijos y ofrece un monto adecuado.

Hoy contamos con una herramienta específica, la canasta de crianza, también aportada por el estado nacional, que calcula el gasto mínimo que requiere un NNA para tener sus necesidades básicas cubiertas.

La canasta de crianza informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) indica de manera oficial dos componentes: el costo mensual para adquirir los bienes y servicios para el desarrollo de infantes, NNA, y el costo del cuidado que surge a partir de la valorización del tiempo requerido para dicha actividad, traducido en valores dinerarios mensuales. 

Por tal motivo, cualquier monto que se determine como cuota alimentaria por debajo de estas valías informadas oficialmente son insuficientes y violatorios, al menos, del art. 3 de la CDN, art. 3 de la 26.061 y art. 3 de la 9944 además de ser violatorio del arracimado de normas internacionales y foráneas que protegen el normal desarrollo de nuestros NNA en la sociedad.

Dado que los jueces pueden tomar decisiones en la medida de las pretensiones de los justiciables, debemos (los abogados litigantes) empezar a solicitar la fijación de las cuotas alimentarias de nuestros clientes en porcentajes de la canasta de crianza informada por el Indec y no en porcentajes del SMVM. 

En este punto es prioritario tener en cuenta que si ese porcentaje está por debajo de 50% de la canasta de crianza, ya sea que incluya el cuidado personal o no según la distribución que la familia maneje, esta cuota vulnera los derechos de los hijos.

En efecto, si no se alcanza el monto informado por el estado para cubrir las necesidades “mínimas y básicas” la cuota deberá aumentarse en porcentaje o complementarse con otro aporte como podría ser, por acompañar un ejemplo, el pago del colegio personalmente por el alimentante o alguna actividad de los NNA (danza, gimnasia, idioma etcétera).

Los NNA de hoy serán dentro de 20 años parte activa de nuestra sociedad. Serán las personas que nos curen, las que nos defiendan en juicio, las que nos vendan las cosas que compramos para vivir, las que estén a cargo de la seguridad estatal, las que ocupen ministerios y atiendan oficinas, las que limpien las calles. Por ello, defender cuotas alimentarias altas y eficaces es hacer el bien a toda la sociedad.

(*) Abogada, especialista en derecho de Familia

Comentarios 1

  1. Florencia More Ruibal says:

    Es necesario que los operadores juridicos, sobre todo los abogados litigantes del fuero empecemos a utilizar éste indice a la hora de solicitar las cuotas alimentarias. No nos olvidemos que el SMVM no se actualiza desde marzo, y además que el Indice de Crianza calcula objetivamente gastos mínimos de un NNyA los cuales deben ser cubiertos si o si en función del Principio rector del Interes Superior de los NNA.

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