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Enciclopedias jurídicas

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Para abarcar todo el Derecho. Son una recurrente e indispensable fuente de consulta.

Por Luis R. Carranza Torres

De todos los libros de mi biblioteca jurídica, ellos ocupan un lugar de preeminencia. Son los tres tomos, encuadernados en tapa dura color crema, del Diccionario Jurídico Abeledo Perrot, escrito por José Garrone. A pesar de su nombre, en la realidad de la cosas es una enciclopedia “portátil”. Se trata de un regalo de mamá, cuando todavía era estudiante de abogacía. Adquirido, como no podía ser de otra forma, en cuotas y con mucho esfuerzo. Me han acompañado a todos los lugares en que he tenido que ejercer la profesión. Tienen en su haber dos mudanzas dentro del país y una fuera de él. Libros hechos a la antigua que se conservan, pese al paso del tiempo, en plena forma.

Además de mudos testigos de los actos desinteresados que los padres hacen por sus hijos en pos de su titulación universitaria, integran tales tres volúmenes y por derecho propio una particular categoría de textos jurídicos. Miembros, por derecho propio, de lo mejor de una clase que exhiben una antigüedad y una calidad de contenidos que los ha distinguido entre los textos relativos al derecho.

El concepto de enciclopedia, en nuestra rama jurídica del conocimiento, no siempre tuvo el significado con que hoy la entendemos. Según nos cuenta el jurista danés Niels Nikolaus Falck en su obra Prolegómenos del derecho o enciclopedia jurídica, cuya versión del alemán al castellano fue publicada por Boix Editor en Madrid en el año 1845: “En la última mitad del siglo XVII se comenzó a introducir la costumbre de reunir los conocimientos preparatorios de una ciencia en una suerte de introducción, a la cual se da hoy de ordinario el nombre de Enciclopedia”.

Sus más inmediatos antecedentes son los numerosos escritos jurídicos metodológicos que aparecieron en los siglos XVI y XVII. Por lo general, se trataban de introducciones al estudio de la “jurisprudencia”. Por aquellos días, este último término equivalía al derecho efectivamente aplicable.

Entre tales obras, antecesoras de las actuales enciclopedias, puede citarse el Collegium isagogicum in universam jurisprudentiam, estructurado a partir del año 1685 por el jurista Martini mientras enseñaba en la universidad de Kiel un curso de introducción a lo jurídico.

La primera obra que se acerca a las actuales enciclopedias se la debemos a Schamauss, quien la publicó siguiendo lo preparado por Brunquele, a quien la muerte truncó la realización de aquélla. Se la concibió en la forma de un resumen o manual escrito para sus lecciones de “collegium praeparatorium”. Pütter, por su parte, fue quien en 1767 introdujo el nombre de enciclopedia para denominar tales textos.

Respecto de la palabra, Niels Falck, autor de la Juristische Encyklopädie, explicaba que por su etimología griega algunos habían entendido la enciclopedia como “un resumen general de la ciencia para el uso de los principiantes”. Pero que en su opinión, el plan más natural sería no restringirla en el campo de lo jurídico como una mera “ciencia de introducción” que sólo diera a un resumen general de la jurisprudencia, considerada en sus partes y fuentes, sino que debía unirse a ello la hermenéutica, la teoría de la naturaleza de la ley y la doctrina de las acciones voluntarias en general. De paso, también veía como conveniente añadirle las observaciones metodológicas necesarias, “ya sobre el modo de estudiar la ciencia en su forma actual, ya sobre la marcha que debe seguirse para trabajar en el progreso de la ciencia y aprender a exponerla”.

Es por eso que, en definitiva, a su entendimiento “la enciclopedia debía presentar ordinariamente un cuadro sucinto de la ciencia, considerada en la totalidad de objetos que abraza y en su organización interior a lo cual le agrega una noticia de las fuentes y de los medios auxiliares”.

Concepto más, concepto menos, es el significado con el que entendemos tales obras en el presente. Nadie pasa hoy por la cátedra universitaria o la práctica profesional profunda sin tener que recurrir a alguna de ellas. Podemos, respecto de las históricas, citar la enciclopedia jurídica de Enrique Ahrens. O, entre nosotros, el diccionario enciclopédico de derecho usual, de Guillermo Cabanellas de Torres. En el presente, quizás la más actual y extensa en lengua española resulte la Enciclopedia Jurídica Omeba, resultado de la labor en el tiempo de más de 500 juristas y tratadistas pertenecientes a 144 universidades de 16 países, quienes lograron “sintetizar” los conceptos fundamentales de nuestra ciencia en unas 35.000 páginas.

Y aun cuando aterroricen a los no iniciados por su volumen, su valía y la necesidad de cierta especialización para aprovecharla plenamente se halla fuera de discusión. Pues, para usar palabras de Falck: “No puede dudarse de que tratándose y explicándose en su conjunto, la ciencia del derecho con unidad de sistema y de razón, debe ganar mucho, pero no es exacto que una enciclopedia concebida de este modo sea conveniente como prolegómeno de estudios jurídicos”.

Y entre las “portátiles” me quedo con la propia, ya individualizada al inicio. Por eso, una vez más, gracias mamá. Tu esforzado regalo me ha servido y me sirve de mucho.

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