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El deber de la Justicia de comunicar sus actos

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Un grupo de magistrados argentinos trazó un panorama sobre la política comunicacional y los desafíos pendientes que en esta materia tiene el Poder Judicial.

Que los jueces sólo hablan mediante sus sentencias es una premisa que es inaceptable y es una vieja concepción que ha sido rebatida por la actual Corte Suprema de Justicia de la Nación  (CSJN).  “Abrir” el Poder Judicial hacia la sociedad  ha estado entre las políticas del máximo órgano judicial de la Nación, y es precisamente en ese contexto que se presentó la publicación «Justicia argentina on line. La mirada de los jueces».

La obra, que ya está disponible en la web, resume los avances y desafíos en la política comunicacional del Poder Judicial desde la perspectiva de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ángela Ledesma, Marcos Grabivker, Claudio Bonadio, Julián Ercolini, Ariel Lijo, Sergio Torres, Rafael Gutiérrez, Abel Fleming y Luis María Cabral.

En sus más de 60 páginas, los magistrados coinciden en la necesidad de que el Poder Judicial dé publicidad de sus actos de forma clara y sencilla, para brindar transparencia  y calidad institucional.

En el marco de la presentación de libro, Comercio y Justicia hizo un compendio de algunas de las ideas centrales expuestas por sus autores.

Según la ministra de la CSJN Elena Highton de Nolasco, el Poder Judicial debe garantizar el acceso a la información, lo que le permitirá al ciudadano tener “un conocimiento más acabado del quehacer judicial y, por ende, una mayor credibilidad en el sistema”. Esto, a su vez -asegura Highton-, habilitará al ciudadano a tener “un control sobre el mismo funcionamiento del sistema judicial”.

La ministra de la Corte también se refirió al lenguaje que deben utilizar los operadores judiciales.
“Considero imprescindible que la forma de comunicar sea mediante un lenguaje sencillo y comprensible para el ciudadano común. Es sabido que una de las barreras del acceso a justicia es el lenguaje”. Y agregó: “El lenguaje jurídico parece concebido en algunos casos para no ser entendido por la sociedad en general. La gente no comprende muchos de los términos que se usa, la opinión que a veces se tiene sobre el funcionamiento de la Justicia y hasta sobre la propia profesión de abogado. Esto torna imperioso buscar las formas para allanar el lenguaje de una  manera consciente, clara y sistemática”.

Por último, Highton hizo referencia a la responsabilidad que le cabe a los jueces.
“Es importante que sean los jueces quienes, en la medida que corresponda, faciliten la información clara y exacta. Para este cometido resulta necesario tener canales abiertos a los efectos de que la noticia que circule sea lo más fiel posible a lo que ocurre en los juzgados”.
En el mismo sentido se refirió la presidenta de la Cámara Nacional de Casación Penal, Ángela E. Ledesma. “Hacer comprensibles las decisiones, en lenguaje sencillo y claro; explicar qué y cómo decidimos y por qué lo hicimos es hoy un desafío”, remarcó.

“La antigua expresión los jueces hablan por sus sentencias sirvió en  más de una oportunidad -con o sin intención- como escudo protector para omitir comunicar. Esta actitud propia de un juez otrora parado en una torre de marfil, alejado de la realidad y disociado del mundo que lo circundaba ya es insostenible.”, concluyó.

A Criterio de  Ledesma, el Poder Judicial como poder del Estado “no puede estar exento de rendir cuentas, de hacer públicos sus actos de gobierno” . “De esta máxima surge el derecho fundamental de los ciudadanos a tener acceso a la información”, sostiene la jueza.

“Este derecho fundamental de la ciudadanía se corresponde con un deber ineludible del Estado democrático y republicano de derecho y de los jueces en particular. El control de sus actos no podría ejercerse de otra forma sino mediante el conocimiento de las razones que llevan a decidir de uno u otro modo. Esta afirmación, por simple que parezca, aún no ha sido debidamente internalizada en el ámbito de la Justicia, pues todavía existe unsector –aunque minoritario- de magistrados que piensa que no debe rendir cuentas de sus decisiones, que es dueño y soberano en su feudo”.

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