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El debate sobre la reforma judicial

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Por Alejandro Zeverin (*) 

Con el argumento de organizar la justicia federal, el presidente anunció que pretende motorizar un proyecto para mejorar la justicia federal. Para ello, mediante un DNU nombró un Consejo Consultivo, llamado de expertos o notables, para elaborar recomendaciones en un plan que desde el Salón Blanco de la Casa de Gobierno fue presentado para mayor solemnidad.

En el ámbito federal se pretende crear la Justicia Federal Penal con sede en la ciudad de Buenos Aires con la intención argumentada de la consolidación de los fueros Criminal y Correccional Federal, fusionando los juzgados federales con juzgados nacionales en lo Penal Económico, ascendiendo de 12 juzgados federales a 26.

Pero al desdoblarse en dos secretarías, llegarían a 46. Lo último en el ámbito de los discutidos tribunales federales de Comodoro Py.

Con relación a los juzgados nacionales en lo Criminal, al igual que Cámara Nacional en lo Criminal y Cámara Nacional de Casación Penal y el fuero Penal Criminal Nacional no federal, el proyecto pretende fusionarlos con el fuero Contencioso-administrativo, el Civil y Comercial Federal, todos pasando a la justicia de CABA.

En Córdoba se crean cinco juzgados federales. Uno en Bell Ville, otro en Río Cuarto, más en la ciudad de Córdoba. Ahora bien, si se lee el anexo aparece una situación insólita al pensar de un camarista federal de Córdoba, porque las secretarías penales de San Francisco y Villa María pasan a Río Cuarto, sumándoles competencias penales y se las quitan a las dependencias suprimidas en los juzgados federales de San Francisco y Villa María. La primera cercana nada menos que a la localidad de Frontera en Santa Fe, nido y base sabida de narcotraficantes. En casos vinculados a la zona deberá entender en el futuro un lejano juez federal de Río Cuarto.

Es una muestra de la nula participación de juristas cordobeses en la comisión y del desconocimiento supino y peligroso del espinoso asunto que devasta a la sociedad cordobesa y al país.

La competencia federal se encuentra asignada expresamente por normas de la Constitución nacional y leyes dictadas por el Congreso. En tal sentido, y a título de ejemplo, el art. 116 C.N. establece de modo general cuestiones e intereses cuyo entendimiento corresponde a la justicia federal.

Por su parte, la ley 48 reglamenta la cuestión, siguiendo los lineamientos constitucionales antes mencionados, esta última del año 1853. Con posterioridad se les agregaron a los juzgados más competencias, en especial en el fuero penal. Las más importantes: las leyes n°23737, 19359, 27430, 26364, 20974 y 25246 (narcotráfico, penal cambiario, nuevo régimen penal tributario, trata de personas, identidad de las personas y lavado de activos, respectivamente) y otras.

El Consejo Consultivo está integrado por Inés Weinberg de Roca, Enrique Bacigalupo, Carlos Beraldi, Andrés Gil Domínguez, Gustavo Ferreyra, León Arslanián, Marisa Herrera, Hilda Kogan, Claudia Sbar, María del Carmen Battaini y Omar Palermo, quien además (al decir del presidente en su presentación) deberán repensar la Corte para optimizar su funcionamiento. De las recomendaciones saldrá el proyecto que elabore el Ejecutivo a elevar al Congreso y allí se verá el resultado.

Tiene el consejo la competencia para opinar sobre el servicio judicial, la composición de la Corte Suprema y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, debiendo tener en cuenta la próxima implementación en todo el país del sistema acusatorio, ley 27384. Se le dio 90 días para elaborar el proyecto.

La oposición se abroqueló tildando de inconstitucional la iniciativa y argumentó que es el producto de un DNU, olvidando que el anterior gobierno hizo uso y abuso de este instrumento. Al caso, nombró miembros de la Corte Suprema, conformó la comisión de reforma del Código Penal, con el decreto 257/2015 que suspendió la modificación del Código Procesal Penal Federal y asignó a la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) fondos reservados y la facultad para participar de pesquisas judiciales.

También quienes se oponen a la reforma judicial argumentan que la implementación resulta un gasto inútil, que no es serio debatir estas cuestiones tan importantes mediante el sistema no presencial, telemático o virtual en el Congreso, impuesto por la pandemia. Sin embargo, no se oponen a los juicios penales telemáticos que son un verdadero esperpento jurídico y una burla a las garantías de debido proceso y defensa en juicio, en especial los que tienen como imputados a funcionarios kirchneristas. Dicen que resulta sospechoso que uno de los integrantes de la comisión sea en la actualidad defensor de la vicepresidenta, en las múltiples causas penales por corrupción que la involucran, y allí doy la razón por lo poco elegante de la inclusión y la aceptación del colega Beraldi.

También se cuestiona que se va a analizar el funcionamiento de la Corte, argumento que no comparto porque su demora en el dictado de fallos resulta de público y notorio conocimiento, resultando su máxima productividad (al igual que el TSJ de Córdoba) en resoluciones de inadmisibilidad de los recursos traídos a sus conocimientos.

Este es el panorama de un lado y de otro, mientras tanto la gente percibe y sufre servicios de justicia provincial y federal ineficientes que reconocen que muchos factores condicionan sus objetivos, como el de ser el último refugio del ciudadano ante situaciones de injusticia.

Pero centrándonos en la justicia federal, es justo reconocer que sus integrantes, en su mayoría, se esfuerzan en su tarea a pesar de algunos que, a mi humilde juicio, no se merecen ni el cargo ni el poder que tienen, por ignorantes en derecho o corruptos (en otros casos) y que denigran la función.

Entonces esa comisión ha de detenerse en los anacrónicos procedimientos de selección de magistrados y fiscales, y de la destitución de aquellos que caigan con sus procederes en la infamia. Por eso habría que repensar el sistema del Consejo de la Magistratura, que propone magistrados, los sanciona y eventualmente los destituye, en especial su conformación, para romper el desequilibrio generado por el peso de la representación política, que cuando se atraviesa en la justicia la desprestigia, como también lo hace en la selección de fiscales.

El otro tema que preocupa es la competencia multifuero, que por ejemplo en Córdoba y en el interior del país tienen los jueces federales, que deben fallar en asuntos previsionales, civiles, comerciales de familia y penales, entre otros.

En esas condiciones, la ineficiencia debería asignársele a la ley, ya que los jueces son víctimas del sistema. La especialización debería imponerse.

Sócrates (470-399 a. de C.) dijo, expresando su propia ignorancia: “Solo sé que no se nada” o «solo sé que nada sé». En “criollo básico” puede decirse que “el que mucho abarca poco aprieta”. Lo mismo ocurre en las Cámaras Federales de Apelación, que sin dudas deberían estar divididas en salas de acuerdo al tema ad litem, que es una expresión latina que significa «a los efectos del juicio».

Con relación a que el proyecto de reforma judicial atrasa, no puede ser de recibo, cuando como he dicho nuestra ley que da competencia a los tribunales federales data de 1863. El sistema judicial debe adecuarse al acusatorio, en el cual el fiscal investiga en lugar de hacerlo el juez. El juez actúa como control de lo actuado por el fiscal, también sobre las alegaciones de las partes defensores y querellantes, y los superiores. Las cámaras de Apelaciones controlan lo que hacen todos en el proceso, para garantizar un debido proceso y la defensa en juicio (arts. 18,75 inc. 22 C.N.)

A humilde juicio, creo que el proyecto carece de especificaciones sobre el fortalecimiento del Ministerio Publico Fiscal, ya que el sistema acusatorio requiere inevitablemente el cuádruple de fiscales investigadores. Se estima por ello que el número correcto es el de un juez para controlar al menos a cuatro fiscales.

Finalmente, sobre la cuantía del gasto que critica la ideología liberal extrema, la misma que cuestiona lo asignados a salud, seguridad y defensa, hay que decir que no es un gasto, por el contrario es una inversión ya que el déficit de justicia en Argentina no resulta tema controvertido, pero es básico entender que un buen servicio de justicia tiene relación directa con la calidad de vida de todos.

(*) Abogado penalista. Master en Criminología, Universidad de Barcelona.

 

Comentarios 1

  1. Ramon says:

    Ni la politica ni la justicia en la actualidad estan a la altura para una reforma judicial, la corrupcion sejo de ser slgo aislado para ser algo cotidiano, con esta forma de gobernar no estan dadas las condiciones para semejante reforma, triste pero real. La crisis moral se los esta comiendo y el pueblo se esta cansando.

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