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El aporte del sector rural a las finanzas provinciales

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Esta área viene disminuyendo su contribución a las arcas provinciales, medida en participación porcentual. Así, mientras en 2005 contribuía con 7% de los ingresos de recaudación provincial, en 2009 esa participación se redujo a 5,3%. Por  Por José Abraham / Licenciado en Economía, especializado en las finanzas de la provinicia de Córdoba

De acuerdo con datos oficiales, el aporte directo del sector agropecuario sumando impuesto Inmobiliario rural, tasas y aportes a fondos específicos viene perdiendo participación dentro de los recursos de origen provincial, como muestran los cuadros 1 y 2.

Desde el punto de vista tributario, el sector rural está alcanzado por impuestos, tasas y aportes a fondos específicos, a saber:

a) El impuesto Inmobiliario Rural, básico y adicional.
b) La tasa vial.
c) El Fondo de Infraestructura Vial (FIV).
d) El Fondo de Desarrollo Agropecuario (FDA).
e) El Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural.
f) El Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos.

Como se puede comprobar en el cuadro 1 (segunda fila), los aportes totales efectivamente recaudados provenientes del sector agropecuario han venido subiendo a lo largo de estos últimos años, medidos en montos corrientes. Así, en 2005 estos aportes fueron de 115,6 millones de pesos, mientras que en 2009 superaron 240 millones, 108 % más. Para el presente año se ha previsto que estos aportes alcancen 269 millones. Sin embargo, este crecimiento estuvo basado más bien en lo recaudado en concepto de Tasa vial y en mayor medida en el aporte del Fondo de Infraestructura Vial y el de Desarrollo Agropecuario que en el impuesto Inmobiliario rural, que mostró una merma en su recaudación, como refleja el cuadro 1.

Por su parte, los recursos provinciales propios (expuestos en la última fila), compuestos por impuestos (Ingresos Brutos, Inmobiliario urbano y rural, Sellos y Automotor) y otros ingresos no tributarios, como tasas retributivas, fondos específicos más lo que se recibe en concepto de utilidad de la Lotería de Córdoba, también verificaron una variación ascendente en estos años, pasando de 1.662 millones de pesos recaudados en 2005 a 4.556 millones en 2009, lo que representa una suba de 174 %. La estimación para este año contenida en el presupuesto indicaba que por estos rubros se recaudarían 5.340 millones, cifra que a esta altura del año ha sido superada ampliamente.

El hecho de que los aportes rurales en su conjunto experimentaran una tasa de crecimiento menor que el total de lo efectivamente recaudado por la Provincia hizo que las contribuciones de este sector sean cada vez menores en términos de participación porcentual, como se puede apreciar en el cuadro 2. De este modo, de cada 100 pesos de recaudación propia ingresados en 2005, 7 pesos tuvieron origen en el sector agropecuario, mientras que en 2009 ese aporte se redujo a 5,3 pesos y, si se cumplieran las pautas presupuestarias, en el presente ejercicio el aporte sería de sólo 5 pesos.

Causas

Entre las causas de esta menor contribución relativa del sector rural al erario provincial se pueden mencionar principalmente dos: una de raíz económica, que surge del hecho de que el mayor crecimiento de los ingresos propios estuvo fuertemente influenciado por la gran evolución y participación que tuvo el impuesto a los Ingresos Brutos, explicado a su vez por el incremento de la actividad económica y el efecto inflacionario registrados entre 2005 y 2009.

La otra causa tiene que ver con los resultados acumulados de las medidas de política tributaria aplicada en los últimos 10 años. La rebaja generalizada de 30 %, en 1999, ocasionó que la estructura tributaria se concentrara fundamentalmente en impuestos indirectos, como Ingresos Brutos, en desmedro de los directos o que se aplican sobre el patrimonio, como el Automotor y el Inmobiliario, tanto urbano como rural. Esto tornó al sistema impositivo en más regresivo si se lo compara con los años previo a la reducción.

Esta política de impuestos bajos, no obstante, comenzó a ser revisada desde el año 2008 hasta el presente, cuando el Gobierno provincial, como consecuencia de enfrentar una crisis en sus cuentas públicas, debió aumentar y extender primero el impuesto a los Ingresos Brutos, luego le siguió en 2009 la suba del automotor y finalmente para 2010 tuvo que ajustar para arriba el Inmobiliario urbano y el impuesto de Sellos.

Con los recursos no tributarios también hubo varios cambios que significaron importantes incrementos en este rubro y por lo tanto en el total de la recaudación propia. Entre los más destacados por su volumen recaudatorio se pueden citar: la creación del aporte para el Fondo de Prevención y Lucha contra el Fuego, el Fondo de Infraestructura Eléctrica, el Fondo de Incentivo al Personal (Rentas y Catastro), que rigen desde 2004, la vigencia desde 2007 de la tasa por servicios que presta el Registro General y la creación del Fondo para la Asistencia e Inclusión Social, creados a partir de 2008.

En el marco de la creación e implementación de nuevos aportes de carácter no impositivos, el Gobierno provincial y representantes gremiales del sector agropecuario lograron acordar en estos años la creación de fondos específicos para el sector, no obstante manteniendo sin modificaciones la Tasa Vial y el Inmobiliario rural. Estas nuevas contribuciones no lograron, sin embargo, evitar que en términos relativos el sector disminuyera su aporte directo al fisco cordobés.

Seguidamente se mencionarán algunas otras medidas oficiales que también contribuyeron y contribuyen a que los recursos provenientes del sector pierdan cada vez mayor participación dentro de los ingresos provinciales. Se destaca la persistencia del Gobierno en no impulsar la revaluación de las propiedades rurales. Lo contrario ayudaría, sin dudas, a generar mayores ingresos genuinos y mayor equidad contributiva.

El tratamiento impositivo al sector rural

La Tasa Vial. Se crea en 1993 con una alícuota de 0,4 % sobre la base imponible del Inmobiliario básico, cuyo producido se destina en 10% para el Fondo de Consorcios Camineros y el 90 % restante para financiar el Fondo Provincial de Vialidad, creado en el año 1996.

A partir del presente año se integrará como aporte al Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural.
Fondo de Infraestructura Vial (FIV) y el Fondo de Desarrollo Agropecuario (FDA). El aporte al FIV se crea a fines del 2003 para financiar mejoras en la red vial de zonas rurales, alcanzando a los contribuyentes del impuesto Inmobiliario rural. En principio se estableció como un aporte extraordinario hasta tanto se verificaran revalúos en las propiedades rurales. Se fijó una alícuota de 0,476 % sobre la base imponible de dicho impuesto, que a fines de 2005 fue aumentado a 0,856%.

Este fondo ha sido derogado recientemente, de modo que su aporte será destinado a partir del 2010, junto con el producido de la tasa vial, a integrar el Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural.

A su vez, el Fondo de Desarrollo Agropecuario también se crea para un fin determinado cual es el de atender obras públicas y políticas activas para el sector. Su vigencia arranca en 2008 y llega hasta 2011 inclusive y su integración mediante un aporte adicional de los contribuyentes del impuesto Inmobiliario rural tuvo varios cambios en estos últimos años:

a) para el año 2008 se estableció que el aporte debía ser el equivalente a 68 % del impuesto Inmobiliario básico rural, sin incluir la tasa vial ni el FIV.

b) para 2009 se reduce a 48 % del impuesto Inmobiliario básico rural y se agrega un importe fijo por hectárea que debía establecer la ley impositiva de acuerdo con la ubicación, relevamiento y valuación del inmueble determinados por Catastro.

Posteriormente, con la ley 9505 de agosto de 2008, impulsada para enfrentar el desequilibrio de las cuentas provinciales de ese momento, se autorizó una suba de impuestos que afectaron principalmente el sector industrial y se agregó una contribución extra para el sector agropecuario, consistente en un pago por única vez del equivalente a 210 % del monto resultante de aplicar el 68 % del impuesto Inmobiliario básico rural.

Este aporte extra, estimado en 100 millones de pesos, también estaba destinado, en 80 %, a cubrir necesidades del sector y en menor medida para rentas generales -no obstante se debía distribuir el 20 % restante para municipios y comunas-.

En diciembre de 2008 se bajó este pago único en 50 %, de modo que los 100 millones de pesos previstos originalmente en la ley 9505, a abonar en dos cuotas en noviembre y diciembre de ese año, se redujeron a 50 millones de pesos.

Junto con esta medida, acordada siempre con las entidades del sector, se estableció una metodología para el cálculo de índices de productividad, base para la determinación del importe fijo por hectárea que los propietarios de inmuebles rurales debían abonar en 2009, cuyos importes fueron incorporados en la ley impositiva vigente para ese año.

En abril de 2009 volvió a cambiar lo que debían pagar los contribuyentes del impuesto Inmobiliario rural, esta vez con la excepción de abonar la quinta cuota de dicho impuesto, estimada en 50 millones de pesos, importe que fue deducido del FDA. Esto como consecuencia, argumentaron ruralistas y gobierno, de haber adherido la provincia al Fondo Federal Solidario (fondo de la soja) en marzo de ese año.

Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural y para el Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos. El Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural fue creado en noviembre del año pasado, y por el término de dos años, para la ampliación y mantenimiento de la red firme natural. Está compuesto por el producido de la Tasa Vial y por el FIV, cuyos aportes serán reasignados para financiar este nuevo fondo a partir del presente año. Se integrará, entre otros recursos, además, con el 35 % de lo recaudado por el Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos que ahora sustituye el FDA.

Por su parte, el Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos vino a sustituir el FDA y su afectación quedará destinada en 35 % a integrar el Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme Natural, como ya se mencionó, 62,5 % para la construcción de gasoductos troncales y otras obras de infraestructura y el 2,5 % restante para ser aplicados a políticas activas del sector.

El impuesto Inmobiliario rural, básico y adicional. Éste forma, con el Inmobiliario urbano y Automotores, un impuesto directo al patrimonio. El hecho imponible, contribuyentes y responsables, base imponible, exenciones y forma de pago, entre otras disposiciones, están contenidas en el Código Tributario Provincial ley 6006 t.o. 2004 en el Título Primero, referido al impuesto Inmobiliario, art. 132º al 145º. En particular, para determinar el monto a pagar en concepto de impuesto Inmobiliario rural el artículo 137 establece, en primer lugar, la fórmula de cálculo de la base imponible del Inmobiliario básico y adicional, que consiste en multiplicar las valuaciones de cada inmueble que determina la ley de catastro por los coeficientes de actualización que fije la Ley Impositiva Anual. A su vez, sobre la base imponible del Impuesto Adicional dice…”estará formada por la base o suma de bases imponibles del Impuesto Básico, de las propiedades rurales, atribuibles a un mismo contribuyente”…

Por otro lado, la ley impositiva anual fija las alícuotas, coeficientes, importes mínimos y bases imponibles para la determinación de montos a pagar en cada período fiscal. En el caso de las propiedades rurales, la alícuota es de 1,2 % de la base imponible del impuesto básico, y para el adicional las alícuotas van creciendo de 0,2 a 0,9 % sobre el excedente de $ 500 mil pesos, con un fijo de 500 pesos.

Finalmente, cabe señalar que el gobierno provincial, mediante la ley 9255 de septiembre de 2005, suspendió por tres años la convocatoria a los jurys de valuación que, como establece la ley de catastro, son los entes encargados de determinar los revalúos de las propiedades rurales. Esta situación se mantiene hasta el presente.

Comentarios finales

Queda claro que los aportes del sector agropecuario al tesoro provincial en términos relativos no sólo se han visto reducidos por causas ajenas al sector sino muy especialmente por el tratamiento tributario preferencial que el gobierno le ha venido dando en esta última década. Y que más allá de los aportes extras vía fondos específicos para beneficiar el propio sector, los inmuebles rurales pagan aún el mismo impuesto Inmobiliario rural con la misma valuación desde hace 17 años, fecha de la última reunión de los jurys de valuación, entidad que, como ya se señaló, es la que determina los ajustes en las revaluaciones de los campos. Revertir esta injusta tendencia requiere desde ya revisar la política impositiva actual, buscando siempre que deban tributar más aquellos que más tienen y también aquellos que más ganan, de modo de ir dotando al sistema de mayor progresividad y equidad.

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