El proceso electrónico no se trata de un fenómeno estrictamente jurídico sino de la proyección en lo jurídico de otro mucho más amplio al que nos hemos referido, entre otros trabajos, en “Una aproximación al proceso digital en Córdoba”.
Debe destacarse asimismo que ya existía, en forma previa a la irrupción del proceso digital, una actuación jurídica a distancia. No en el ámbito del proceso judicial sino en el del procedimiento administrativo, en el cual podían presentarse escritos, contestarse vistas y hasta interponerse recursos por parte del administrado utilizando la vía postal.
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