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Denuncia colectiva en el mundo crypto. Notificaciones efectivas utilizando los NFT

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Por Jorge Fabián
Villalba (*)

Dos eventos muy trascendentales ocurrieron hace escasos días en el mundo crypto. En primer lugar, el temor a una posible bancarrota de Celsius ha convocado a los demonios del mundo centralizado: las “demandas colectivas”. Hemos presenciado casos de congelamientos unilaterales de fondos por plataformas tecnológicas que buscan de alguna manera ocultarse de los esquemas regulatorios que realmente les competen.

Esto lleva a consecuencias lógicas: usuarios que no resisten el perjuicio y, mediante un asesoramiento técnico adecuado, avanzan contra la entidad que genera la consecuencia patrimonialmente disvaliosa pero que previamente supo beneficiarse del patrimonio de cada uno de sus usuarios.

Toman protagonismo las guías que los estudios jurídicos especializados ponen a disposición de los usuarios (pequeños inversores) para el caso de querer entablar una denuncia, ya sea personal o colectiva.

Los problemas de paridad y colateralización de activos, sin dudas, comienzan a abrir cada vez más la caja de pandora y ponen en evidencia que la supuesta ventaja de la no regulación se convertirá en una potente bomba que puede explotar en las narices de los responsables de proyectos DeFi.

Pero existen ciertas ventajas cuando se sabe a quién y a dónde notificar.

El problema se complica cuando no tenemos un enemigo visible. Es importante la solución adoptada por la Suprema Corte de Nueva York: regular “jurisprudencialmente” la cédula de notificación NFT ante un hecho de hackeo de criptomonedas con autores no identificados. La única forma de no vulnerar el ejercicio de un derecho fue permitir enviar notificación por NFT mediante airdrop a una dirección donde fue posible rastrear que los ciberdelincuentes resguardaban parte de los activos robados.

Es interesante la reseña del caso realizada por Sebastián Onocko para Diario Judicial, en la que además se encuentran adjuntos los documentos originales del caso.

https://www.diariojudicial.com/nota/92262/noticias/llego-la-cedula-nft.html.

Merece una especial mención que la compañía accionante tiene su sede en Liechtenstein (denominada LCX AG), lugar donde su regulación está a la vanguardia y probablemente sea el norte al cual apuntarán los registros generales de la propiedad en los próximos años (este tema merece un tratamiento especial y extenso).

Vemos así que la potencialidad de la tokenización no fungible cobra especial protagonismo en el derecho procesal al permitir llegar allí donde los remedios tradicionales no llegan. Podemos discutir la eficacia y validez de esa notificación en sede judicial, pero las particulares condiciones del caso ponen en evidencia que la tecnología puede contribuir al “acto justo” y ello no puede verse impedido o frustrado por tecnicismos.

Ahora bien, puede ser un gran llamado de atención para que los operadores del mundo del derecho podamos incorporar a nuestras herramientas forenses dicha posibilidad, en miras a evitar que autores ignorados se manejen con libertades, impunidad y sigilo.

Es fundamental trabajar en políticas de ciberseguridad que impidan los hackeos que hacen posible que un sujeto acceda a las wallet de terceros con la finalidad de sustraer las criptomonedas obrantes en ellas.

En caso de que se logre la maquinación o ardid, combatir jurídicamente el obrar malicioso con las mismas y sofisticadas herramientas de persecución penal, como aquellas de índole procesal que permitan hacer responsable a quienes verdaderamente están detrás del velo.

Es importante analizar el orden de pasos establecidos entre el órgano juzgador y los abogados para poder establecer una ruta formal de trabajo a los fines de impedir mayores perjuicios patrimoniales y hacer efectivas las medidas judiciales decretadas.

El permiso otorgado a los abogados del actor para entregar una copia de la orden judicial y de la documental a la persona o personas que controlan la dirección a través de un token de propósito especial basado en Ethereum que se entregue a la dirección vía airdrop, marca sin dudas una alerta a los delincuentes de que la justicia puede pagarles con sus propias monedas y jugar con sus mismas armas.

Éste es el camino del fortalecimiento de los sistemas de justicia, utilizar tecnologías de vanguardia para combatir a quienes piensan que se manejan con absoluta impunidad.


(*) Director de la Sala Blockchain e Inteligencia Artificial de la UCC. Gerente Académico de Criptovisión LLC. Consejero en The Blockchain Arbitration Society

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