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¿Delegación del ejercicio de responsabilidad parental? (I)

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Por Eugenia Gutiérrez de Vásquez *

Jorge Luis Borges describe el mar en este poema:

“Antes que el sueño (o el terror) tejiera mitologías y cosmogonías, antes que el tiempo se acuñara en días, el mar, el siempre mar, ya estaba y era”.

“¿Quién es el mar? ¿Quién es aquel violento y antiguo ser que roe los pilares de la tierra y es uno y muchos mares y abismo y resplandor y azar y viento?”

“Quien lo mira lo ve por vez primera, siempre. Con el asombro que las cosas elementales dejan, las hermosas tardes, la luna, el fuego de una hoguera”.

“¿Quién es el mar, quién soy? Lo sabré el día ulterior que sucede a la agonía”.

¿Por qué comenzamos esta columna con un poema sobre el mar? Porque, al igual que el mar, el derecho no tiene rutinas. El mar se comporta cada día de forma distinta.

De igual manera, el derecho. Al no desconocer las particularidades de cada persona, se comporta de múltiples maneras en su aplicación. Por ello, jueces, abogados y operadores jurídicos deben escuchar las demandas del justiciable y no responder de modo estandarizado. Sirva lo dicho de prólogo al presente relato.

El caso fue derivado por la asesoría letrada a los fines de obtener acuerdo por delegación del ejercicio de responsabilidad parental en los términos del artículo 643 de Código Civil y Comercial (CCyC).

Abierta la mediación, Nora expresa que fue a la asesoría para informarse sobre la internación por adicción de Daniel, el padre de su hija Verónica, de siete años. Explica que la niña vive en casa de su abuela paterna, Irma, desde hace unos meses, debido a que ella (Nora) tiene otro niño con problemas de salud. Lo único que pide es que se logre que Daniel haga un tratamiento por drogadicción y alcoholismo, que es lo que entendió cuando en la asesoría le explicaron la derivación a mediación.

A su turno, Irma nos relata que fue citada por la asesoría para preguntarle si podía hacerse cargo de Verónica, a lo cual respondió que ya lo estaba haciendo. Cuenta que ha pedido varias veces por Daniel en la misma asesoría para que se lo haga tratar por adicción, ya que le preocupa mucho que su hijo se lleve a Verónica a comprar cerveza a la noche junto con sus amigos, alegando que él es el padre y hace lo que quiere.

Llamamos a Daniel para incorporarlo en la audiencia pero no respondió. Por ello, explicamos a Nora e Irma que dejábamos sentado que hablamos con ambas y si lográbamos contactarnos con él, les avisaríamos para poder concretar otra reunión.

Al comunicarnos por fin con Daniel, él explica que tenía el celular apagado porque estaba trabajando. Expresa que ya dijo en asesoría que está cansado de que su madre y Nora le hagan denuncias. Explica que vive con su hija y que la lleva a pasear. Reconoce que vive en la misma casa que su madre pero que no se habla con ella.

Preguntamos si entendió el motivo por el que asesoría enviaba la causa a mediación. Expresa que sí, que es para hablar de lo mismo: para que él se haga cargo de su hija, pero que es lo que está haciendo porque vive con Verónica.

Informamos a Daniel que la causa fue derivada con la finalidad de saber si él está de acuerdo en delegar en Irma las cuestiones de la escuela, de salud y de cualquier otro tema que requiera presencia para asistir a la niña, a lo que responde que no quiere eso, que él no se habla con su madre. Insiste en que es él quien cuida de su hija.

Le explicamos que es importante que pueda tener un asesoramiento sobre lo que significa la delegación del ejercicio de la responsabilidad parental, para lo cual puede asistir a la otra asesoría. Al aceptar concurrir, fijamos nueva fecha para reunirnos y les comunicamos a Nora e Irma.

En la nueva audiencia hablamos con éstas. Daniel, nuevamente, no atendió. Allí Irma nos consulta para qué ella debe reunirse con él. Le explicamos que la asesoría envió el caso a mediación para que ambos puedan ponerse de acuerdo y expresar su voluntad para delegar en Irma el ejercicio de la responsabilidad parental. La madre y Nora insisten en que su deseo es que Daniel tenga tratamiento, no otra cosa.

Irma ratifica su preocupación por que su hijo hace participar a la niña de encuentros con sus amigos y ella no puede decirle que no lo haga. Que ella no tiene problemas de estar con Verónica y ocuparse, pero que con su hijo no se hablan; están siempre discutiendo. Nora expresa no entender bien de qué se trata la delegación del ejercicio de la paternidad.

Por estas situaciones, que fuimos escuchando en el devenir del proceso, explicamos a Nora que cerrábamos la mediación de modo que ella pudiera volver a tribunales para que explique nuevamente su necesidad y le brinden asesoramiento sobre lo que ella está pidiendo. De igual manera se le explicó a Irma. Así, el intento se cerró sin acuerdo (continuará).

* Abogada, mediadora. Ex defensora de Menores e Incapaces

Comentarios 1

  1. elda jorgelina lagos says:

    Esperamos la continuación. No obstante, se vislumbra sumamente interesante el tema.

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