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Defender el mercado interno

Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe (*)
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Por Miguel Julio Rodríguez Villafañe (*)

No es lo mismo el mercado en una sociedad que una “sociedad de mercado”.
Lo primero constituye la dinámica propia de una comunidad en la que se deben articular los beneficios, tratando de respetar el bien común, en un ámbito de convivencia. Otro concepto diferente es plantearlo con la lógica de la llamada “sociedad de mercado”.
Este último concepto pretende que todas las reglas de la interacción humana las determine el mercado, obligando a que se tomen las decisiones con criterios de máximo beneficio económico, sin respetar otras perspectivas que hacen a las necesidades humanas y sociales.
El papa San Juan Pablo II, en su Carta Encíclica “Centesimus Annus”, de 1991, al respecto sostuvo: “Esta sociedad tampoco se opone al mercado sino que exige que éste sea controlado oportunamente por las fuerzas sociales y por el Estado, de manera que se garantice la satisfacción de las exigencias fundamentales de toda la sociedad… el Estado y la sociedad tienen el deber de defender los bienes colectivos que, entre otras cosas, constituyen el único marco dentro del cual es posible para cada uno conseguir legítimamente sus fines individuales”.

Lo referido es de particular importancia para no convertir la realidad en una economía de exclusión que aumenta desigualdades y trata a las personas como entidades que interactúan sólo guiados por las leyes de la competencia y el máximo beneficio individual.
Los conceptos antes mencionados es de particular importancia tenerlos en claro, especialmente en este momento, cuando en el país lógicas neoliberales operan y tratan de imponer una “sociedad de mercado” que no defiende el “mercado interno”, que es propio de la sociedades con su mercado al servicio de todos.
Hay que reparar que la riqueza de los pueblos es el resultado del pleno empleo en dignidad de sus mujeres y hombres, su capacidad para desarrollar sus ventajas comparativas y naturales y de una actitud de defensa de su mercado interno.
En esta necesaria visión, Humberto Spaccesi, presidente de la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (Apyme) de Córdoba, comenta que la organización ha iniciado una campaña de concientización en la necesaria protección del mercado interno. Spaccesi y el empresario Jorge Berti me permitieron desgranar algunas reflexiones fundamentales en la temática, sin pretender agotarlas.
En primer lugar, hay que significar que sin mercado interno no hay industria y éstas son las que agregan valor y ayudan a una mejor distribución de la riqueza. En ese mercado, las pymes son las que generan más de 70% del empleo en Argentina y ellas viven del mercado interno.
Esta realidad, es de particular importancia que tengan en claro esto la sociedad y los gobiernos en todos sus niveles.

Por ello, resulta necesario asumir una actitud reflexiva y solidaria en la compra de productos importados en detrimento de los nacionales porque, al adquirir productos extranjeros en vez de los que se producen en el país, se puede estar obligando a cerrar empresas argentinas y agrandar la herida del desempleo.
A su vez, el Gobierno nacional debe evitar que los aranceles de importación favorezcan netamente las empresas extranjeras en general, ya que éstas tienen muchas excepciones que les permiten importar a costos inferiores, respecto de los costos de importación de los componentes necesarios para la producción local.
También, la ley 25551 de Compre Nacional y la 9331 de Compre Córdoba se deberán aplicar rigurosamente y con mayor amplitud de criterio, que contemple los impuestos nacionales perdidos y el efecto multiplicador de la compra local por sobre la inversión en productos o servicios extranjeros.

Por su parte, en la redacción de pliegos de compra del Estado -nacional, provincial y municipal- tendrán que ser supervisados con criterios de soberanía tecnológica que permita el desarrollo endógeno de nuestras pymes, para hacerlas competitivas nacional e internacionalmente.
Además, se debe tener presente que la dependencia tecnológica por insumos extranjeros impacta en mayor gasto de divisas e imposibilita el desarrollo de la industria local. Un primer paso importante es garantizar un porcentaje de compra a las pymes locales en las inversiones que efectúan los gobiernos en todos sus niveles. Baste señalar que no se analiza, por ejemplo, que en la licitación de compra de las 21.500 luminarias que publicita la Municipalidad de Córdoba y que instaló en la ciudad, no se menciona a las empresas locales. Se las marginó.
En el pliego licitatorio se solicitaban antecedentes que sólo podían cumplir empresas extranjeras. Por ejemplo, se exigía que las empresas participantes demostraran antecedentes de 10.000 luminarias vendidas, cuestión que imposibilita la participación de las pymes, ya que actualmente no llegan a dichas cantidades. Además, se obligaba la entrega casi inmediata, en grandes volúmenes, injustificados por los tiempos previstos para su instalación.

En Argentina, más de 50% de las 500 empresas más grandes están en manos de capitales extranjeros, por lo que hay que evitar que el mercado interno sea manejado por ellas, por sobre las pymes nacionales. En este aspecto se debe tener presente, por ejemplo, que las empresas extranjeras envían sus utilidades a sus casas matrices y para ello se llevan dólares, que no es nuestra moneda. Y deciden sus costos inflacionarios en función de las ganancias en moneda extranjera que deben asegurar a sus accionistas extranjeros,.
Téngase en cuenta que Argentina está entre los cinco países que remiten al exterior el más alto porcentaje de su producto bruto interno (PBI) en concepto de regalías, prácticamente 4%. Dicho porcentaje es superior al que se aplica en la inversión en salud y educación sumadas.
Lo desarrollado busca fijar algunas de las necesarias posturas a asumir, para evitar que nuestro mercado interno desaparezca, que las decisiones en materia económica se tomen sin respetar el bien común nacional, afecten la subsistencia y desarrollo de nuestras pymes y nos manejen en monedas que no son las nuestras.

(*) Abogado constitucionalista

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