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Alquileres temporarios vía Internet, en jaque

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 Por Matías Altamira *

Hace un tiempo fue noticia Uber y su aplicación celular para conseguir transporte sin habilitación municipal, ahora es el turno de las que ofrecen alquileres temporarios, que también son sancionadas, pero no en Argentina, sino en Estados Unidos.
Airbnb es un portal de Internet focalizado en alquileres turísticos, de extraordinario éxito en el mundo con presencia en 191 países, hasta que las municipalidades comenzaron a regular los alquileres temporarios, como es el caso de la ciudad de San Francisco, California, que en febrero de 2015 exigió a los propietarios de inmuebles que pretendieran alquilarlos temporariamente que se inscriban en la Oficina de Alquileres Temporarios, otorgándoles un número de registro, que debe informarse en cada publicidad, obligación que Airbnb recordaba durante el proceso de carga del inmueble.
La auditoría realizada en abril de 2016 concluyó que las multas a los propietarios no registrados crecieron significativamente; no obstante, el incumplimiento es todavía muy superior al nivel de inscriptos, según información de las plataformas web de alquileres temporarios. Esta conclusión sirvió de fundamento para modificar la ley y hacer responsables civil y penalmente a los propietarios de los portales, como Airbnb, cuando sus usuarios publiciten un inmueble en alquiler sin el correspondiente número de registro, obligándolos a verificar su cumplimiento previo a su publicación. Si no controlan, las multas serán de US$1.000 por día y hasta seis meses de prisión. La Oficina de Alquileres Temporarios monitoreará los portales mensualmente y, si encuentra inmuebles en falta, exigirá vía mail al portal que en 24 horas provea el número válido de registro, los datos catastrales y personales de su titular. Ello motivó la acción de amparo promovida por Airbnb contra la ciudad de San Francisco.
El Ayuntamiento de Barcelona sigue la misma línea; en cumplimiento de la Ley de Turismo de Cataluña, multará con hasta 600.000 euros a las plataformas intermediadoras que ofrezcan pisos turísticos sin licencia de forma reincidente, y con 30.000 euros o más en casos flagrantes, a personas particulares.
El común denominador entre Uber y Airbnb es que proveen una herramienta de extrema utilidad en ámbitos muy concentrados, como el transporte y el alojamiento, permitiendo que particulares comercialicen sus bienes (autos/casas) en momento ociosos. También comparten un obstáculo legal, cuando una ciudad decide regular la explotación del servicio de transporte de pasajeros o controlar los alquileres temporarios.
¿Esa ciudad es retrógrada? ¿La empresa tecnológica es ilegal? Ni una cosa ni la otra, ya que la primera deberá comprender los nuevos modelos de negocios y la segunda, adecuarlos a la legislación vigente, porque ante “una ley pareja, nadie se queja”.

* Abogado especializado en nuevas tecnologías / [email protected]

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