La Secretaría de Comercio Interior dispuso que las empresas de televisión paga deberán someterse a una fórmula para determinar el valor del abono que deberán cobrar a sus clientes, a partir de una resolución publicada en el Diario Oficial.
La fórmula, detallada en la Resolución 50, descuenta los ingresos que perciban los operadores por servicios de Internet y otros diferentes de la prestación de transporte de contenidos televisivos. La norma “no vulnera los derechos de propiedad de las empresas emisoras”, cita en los considerandos, para agregar que la medida atiende a “defender los derechos de los consumidores”.
Según consta en el anexo de la norma, “la operatoria comercial debe ser equivalente a que los usuarios contrataran sus servicios directamente al proveedor de contenidos y pagaran una remuneración al operador de televisión paga por los servicios de puesta a disposición (o transporte) de los contenidos, descontados otros ingresos que tenga la compañía en cuestión”. En otras palabras, la fórmula de la Secretaría que conduce Guillermo Moreno procura llegar a un monto por el envío de materiales, en este caso, contenidos televisivos.