Mediante la Resolución General 5578/24, al Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga por 1 mes del plazo de adhesión de la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos.
La extensión del plazo la dispuso el Gobierno a través del decreto 864/24 y permite que los interesados confirmen su adhesión hasta el próximo 31 de octubre, inclusive.
La AFIP, encabezada por Florencia Misrahi, destacó que la medida “busca facilitar el proceso de declaración voluntaria de bienes y activos no registrados al 31 de diciembre de 2023”, para lo cual les ofrece a los contribuyentes “una oportunidad adicional para regularizar” en la etapa 1, que contempla mayores beneficios.
Recordó que durante la primera etapa, el régimen permite regularizar bienes sin tope y sin costo para dinero en efectivo destinado a la compra de títulos públicos, bonos e inversiones de proyectos inmobiliarios, entre otras opciones
El cronograma con cada una de las etapas es el siguiente:
-Etapa 1: Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive, y vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización hasta el 30 de noviembre de 2024, inclusive-
-Etapa 2: Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 31 de enero de 2025, inclusive, y vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización hasta el 28 de febrero de 2025, inclusive.
-Etapa 3: Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio hasta el 30 de abril de 2025, inclusive, y vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive.