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Violencia familiar y de género: modifican las denominaciones de Juzgados del interior provincial

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También se establecen criterios para la asignación de las causas de esa materia a los Juzgados de Control, en el marco del traspaso de competencias 

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba 

Acuerdo Reglamentario Número 1809 -Serie “A” 

En la ciudad de CORDOBA, a los 08/06/2023 con la Presidencia de su Titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI; María Marta CACERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON: 

Y VISTO: 

I. Que la Legislatura de la Provincia de Córdoba sancionó la Ley n° 10857 (B.O. 13/01/2023) que asignó la competencia en materia de Violencia Familiar y de Género a los Juzgados de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil y Faltas de las sedes judiciales de Villa Carlos Paz, Alta Gracia, Río Segundo, Jesús María (pertenecientes a la Primera Circunscripción Judicial); Cosquín (perteneciente a la Séptima Circunscripción Judicial); y Deán Funes (perteneciente a la Novena Circunscripción Judicial). 

II. Que dicha ley faculta a este Tribunal Superior de Justicia al dictado de las normas que aseguren su cumplimiento; así como la adopción de las medidas pertinentes a los efectos de la asignación o reasignación de causas que se encuentran en trámite, en los casos que corresponda. 

Y CONSIDERANDO:

 I. Que la Oficina de Coordinación en Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Género y Pena Juvenil, en el marco de sus funciones, lleva adelante medidas operativas tendientes a una eficaz utilización de los recursos, conforme las necesidades particulares de los fueros que coordina. 

II. Que conforme en las sedes mencionadas la temática es abordada a través de las Oficinas Únicas de Violencia Familiar y de Género, deviene necesario trasladar estas dependencias a los respectivos Juzgados múltiples con competencia en Control. 

III. Que resulta conveniente establecer criterios para la asignación de las causas de violencia familiar y género a los Juzgados de Control, en el marco del traspaso de competencias mencionado. 

1- Las causas iniciadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del presente, radicadas ante los Juzgados múltiples Civiles, continuarán en cada Juzgado hasta su finalización. 

2- Como regla de acumulación: en el supuesto del ingreso de una denuncia que registre antecedentes activos en los Juzgados múltiples Civiles, ya sea en relación a la persona denunciada o ante denuncias cruzadas, el Juez/a de Control interviniente deberá requerirlos a efectos de su acumulación, en procura de un conocimiento y abordaje integral del caso. Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial y 12 inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia n° 8435, el Tribunal Superior de Justicia, 

RESUELVE: 

Artículo 1: DISPONER la modificación en las denominaciones de los Juzgados referidos, conforme la nueva asignación de competencias, de la siguiente manera: Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas de Villa Carlos Paz; Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas de Alta Gracia; Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas de Río Segundo; Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas de Jesús María; Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas de Cosquín; Juzgado de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas de Deán Funes; Juzgado de primera instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1° nominación y de 2° nominación de Villa Carlos Paz; Juzgado de primera instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1° nominación y de 2° nominación de Alta Gracia; Juzgado de primera instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1° nominación y de 2° nominación de Río Segundo; Juzgado de primera instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1° nominación y de 2° nominación de Jesús María; Juzgado de primera instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de 1° nominación y de 2° nominación de Cosquín; Juzgado de primera instancia en lo Civil Comercial, Conciliación y Familia de 1° nominación de Deán Funes. 

Artículo 2: DISPONER la integración de las Oficinas Únicas de Violencia Familiar y de Género de las sedes de Villa Carlos Paz, Alta Gracia, Jesús María, Río Segundo, Cosquín y Deán Funes a los Juzgados de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia Familiar, de Género y Faltas respectivos. Artículo 3. DISPONER que los Juzgados múltiples Civiles continuarán interviniendo en aquellas causas iniciadas con anterioridad a la puesta en vigencia del presente acuerdo hasta su finalización con la excepción establecida en el considerando III. 

Artículo 4: DISPONER que las Áreas de Administración General correspondientes y el Área de Modernización realicen los cambios respectivos necesarios a fin de dar cumplimiento al presente acuerdo. 

Artículo 5: ESTABLECER que el presente acuerdo entrará en vigencia a partir del 15 de junio del corriente. 

Artículo 6: NOTIFÍQUESE a los organismos involucrados. Comuníquese al Área de Administración, a los Colegios de Abogados de las Sedes respectivas. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Dese amplia difusión por canales oficiales. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Sr Presidente y los Señores Vocales con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial.

FDO.: SR. PRESIDENTE DR. DOMINGO JUAN SESIN Y SRES. VOCALES DRES. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI, MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI Y SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA. DR. LUIS MARÍA SOSA LANZA CASTELLI- ADMINISTRADOR GENERAL-.


N. de R.- Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 110 del 14 de junio de 2023.

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