Será de tres días como máximo, a contar desde la información del alta en la AFIP. Se había consignado erróneamente que el plazo mencionado era posterior al empadronamiento de empleadores y empresas
Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba
Resolución N° 155
Córdoba, 26 de junio de 2023
VISTO: La Resolución 2023/MT-00000151, de fecha 21 de junio de 2023, publicada el día 22 de junio de 2023 en la 1ra. Sección del Nº 114 del Boletín Oficial Electrónico de la Provincia de Córdoba;
Y CONSIDERANDO: Que, en el artículo segundo de la mencionada Resolución, fue erróneamente establecido el plazo máximo para realizar las altas de trabajadores en el Sistema de Documentación Laboral, en tres (3) días posteriores al empadronamiento de empleadores/empresas, cuando debió ser establecido dicho término desde la información del alta del trabajador en AFIP.
Que, a los fines de enmendar el yerro incurrido, corresponde la rectificación del citado artículo, dejando claramente establecida la circunstancia que determina el inicio del cómputo del plazo fijado por la norma.
Por todo ello, y en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias,
EL MINISTRO DE TRABAJO RESUELVE:
Artículo 1°: RECTIFÍQUESE el Artículo 2º de la Resolución 2023/ MT-00000151, de fecha 21 de junio de 2023, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ESTABLÉCESE el plazo máximo de 3 días de informada el alta y/o baja de dependientes en AFIP para ingresar al Sistema de Documentación Laboral y efectuar dicha modificación en la base de datos.”
Artículo 2°: COMUNÍQUESE a la Secretaría de Innovación Tecnológica, dependiente del Ministerio de Coordinación a los efectos de su intervención.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, publíquese y archívese.
FDO.: OMAR HUGO SERENO – MINISTRO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 117 del 27 de junio de 2023.