Podrán participar mujeres y diversidades, argentinas o residentes permanentes, mayores de 18 años que inicien o que ya tengan un emprendimiento agroalimentario; Agropymes (sociedades comerciales) lideradas por mujeres y/o diversidades y coooperativas, asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y entidades públicas. Se otorgarán aportes no reembolsables adquisición de bienes de capital y gastos corrientes. Plazo de presentación: 30 días corridos. (Ver detalles en anexo adjunto)
Disposición 4/23 Ssfpyspympa y MEC
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2023
VISTO el Expediente N° EX-2023-57078847- -APN-DGD#MAGYP del Registro de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que entre las competencias de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se encuentra la planificación, diseño e implementación de planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y medianos productoras y productores agroalimentarios.
Que, por su parte, la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se encuentra facultada para asistir a la citada Secretaría en la propuesta, diseño y ejecución de planes y programas que promuevan el fortalecimiento productivo, integral y sustentable de los pequeños y medianos productoras y productores agroalimentarios.
Que, por ello, se ha considerado pertinente la creación de un Programa Nacional con el objetivo de promover y fortalecer las unidades productivas de las pequeñas y medianas productoras agroalimentarias.
Que, en consecuencia, por la Resolución N° RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC del 6 de julio de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se creó el PROGRAMA MUJERES PRODUCIENDO ALIMENTOS.
Que el Artículo 2º de la citada Resolución RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC, establece que la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la mencionada Secretaría será la Autoridad de Aplicación del referido Programa, pudiendo dictar las normas complementarias o interpretativas y de instrumentación para su debida operatividad y el cabal cumplimiento de sus objetivos.
Que a tal efecto se entiende conveniente aprobar el correspondiente Manual Operativo.
Que la AUDITORÍA SECTORIAL DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Agricultura, Ganadería y Pesca de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y por la Resolución Nº RESOL-2023-280-APN-SAGYP#MEC de fecha 6 de julio de 2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Manual Operativo del PROGRAMA MUJERES PRODUCIENDO ALIMENTOS que, como Anexo registrado con el Nº IF-2023-102138074-APN-SSFPYSPYMPA#MEC, forma parte integrante de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- Habilítase la apertura de la convocatoria para la presentación de Proyectos, en el marco del mencionado Programa, la cual se encontrará vigente durante un plazo de TREINTA (30) días corridos, a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maria de los Milagros Barbieri
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.249 del 6 de septiembre de 2023.