Tendrá por fin regular los proyectos financiados vía Préstamo CAF Nº 8919.Entre otros aspectos se busca promover el fortalecimiento de aquellas empresas que, por su densidad tecnológica y el riesgo de su inversión, requieran mayor asistencia. Apunta por lo tanto a un nicho no cubierto por el financiamiento de los programas actualmente en ejecución. (Ver anexo adjunto)
Resolución 497/22-MCT
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2022
VISTO el EX-2022-32296049- -APN-DDYGD#MCT, el Préstamo CAF Nº 8919 suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO DE DESARROLLO DE AMERICA LATINA y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Préstamo mencionado en el VISTO, el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN se constituyó como Organismo Ejecutor del PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DESTINADA A PROMOVER LA CAPACIDAD EMPRENDEDORA.
Que el mencionado Programa tiene como objetivo general promover iniciativas y proyectos empresariales productivos e innovadores en áreas de alta tecnología, a través de la construcción y dotación de infraestructura, y la formación de capital humano, favoreciendo la creación y consolidación de empresas competitivas y la prestación de servicios de alta tecnología.
Que corresponde aprobar el texto del Manual Operativo del PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DESTINADA A PROMOVER LA CAPACIDAD EMPRENDEDORA a fin de regular los proyectos financiados que se establecen en el Préstamo CAF Nº 8919 y sus modificaciones.
Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en la Ley 22.520 (texto ordenado por Decreto N°438/92), Decretos Nros. DECFO-2019-7-APN-SLYT y DCTO-2021-640-APN-PTE.
Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Manual Operativo del PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA DESTINADA A PROMOVER LA CAPACIDAD EMPRENDEDORA, enmarcado en el Préstamo CAF Nº 8919, cuyo texto quedará configurado de acuerdo al detalle que se adjunta como ANEXO IF-2022-80568935-APN-DGPYPSYE#MCT de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese.
Daniel Fernando Filmus
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 35.001 del 9 de septiembre de 2022.