La norma promociona la intervención artística de artistas locales en distintos sectores de la urbe
Ordenanza N° 13183
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- DECLÁRASE a la ciudad de Córdoba bajo la denominación: “Córdoba, Capital del Arte Urbano”.
ARTÍCULO 2°.- SON objetivos de la presente Ordenanza, la promoción de políticas públicas que contribuyan a la puesta en valor y recuperación del espacio público y privado, y al encuentro con el arte por parte de la ciudadanía, a través de la ejecución de programas y proyectos planificados de intervención artística, a realizarse en distintos sectores de la ciudad por parte de artistas urbanos locales.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al Registro Municipal y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO.
Fdo.: DANIEL A. PASSERINI – MIGUEL ÁNGEL CORREA.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba Nº 3784 del 16 de septiembre de 2021.