El Tribunal Suprior de Justicia extendió a las dependencias del fuero laboral de toda la provincia la gestión íntegramente electrónica de cautelares web. Rige a partir del 19 de agosto del año en curso
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba
Resolución N° 3 – Letra: “P”
Córdoba, 13 de agosto de 2024.
VISTO: El Acuerdo Reglamentario N° 1718, Serie “A”, del 27/8/2021, que faculta al Presidente del Tribunal Superior de Justicia a dictar las pautas necesarias que dispongan el cronograma de implementación de “Medidas Cautelares Web”.
Y CONSIDERANDO:
1. Que el Tribunal Superior de Justicia suscribió con la Provincia de Córdoba –Ministerio de Finanzas- el “Acuerdo de Coordinación y Cooperación Estatal, entre el Poder Judicial y el Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba” (cfr. Acuerdo N°958, Serie “A”, del 21/11/2017), con el objeto de facilitar gradualmente la transformación del servicio de justicia en pos de una mayor eficiencia y transparencia, a través de la aplicación de nuevas herramientas tecnológicas. 2. En función del citado convenio, el Tribunal Superior de Justicia dictó el Acuerdo Reglamentario N° 1587, Serie “A”, del 2/9/2019, que dispuso la implementación del plan piloto de oficios electrónicos para la anotación y cancelación de medidas cautelares en el Registro General de la Provincia, denominado “Medidas Cautelares Web”, en los Juzgados de Primera Instancia 15ª, 36ª y 39ª Nominación en lo Civil y Comercial –el último mencionado, con competencia en Concursos y Sociedades-.
3. Posteriormente, por Acuerdo Reglamentario N° 1718, Serie “A”, del 27/8/2021, se decidió dar por concluido tal Plan piloto y disponer su gradual extensión a todos los tribunales y dependencias del Poder Judicial de Córdoba conforme las pautas aprobadas por el Anexo único del Acuerdo Reglamentario N° 1587, Serie “A”, del 2/9/2019. En tal oportunidad, se dispuso la extensión del programa, a los Juzgados de Primera Instancia y 3ª, 7ª, 13ª, 26ª, 29ª, 33ª y 52ª Nominación en lo Civil y Comercial –Concursos y Sociedades-, y a los Juzgados Ejecutivos Fiscales de Córdoba números 1, 2 y 3 y en su Secretaría de Gestión Común. Consecuentemente, por Resolución de Presidencia N° 5, se puso en marcha la extensión, a partir del 23/10/2023, al resto de los tribunales con competencia Civil, Comercial y Familia de la sede capital. Finalmente, por Resolución de Presidencia N° 7, del 14/11/2023, se dispuso el cambio de modalidad de tramitación de los oficios de anotación y cancelación de medidas cautelares en el Registro General de la Provincia “Medidas Cautelares Web” y a partir del 15/11/2023, se extendió a la totalidad de los Juzgados de Primera Instancia de la Provincia con competencia Civil, Comercial y Familia.
4. El balance positivo de la implementación, hace conveniente y aconsejable extender en esta oportunidad a las dependencias del fuero laboral de toda la provincia, la gestión íntegramente electrónica de cautelares, conforme las pautas aprobadas en el “Manual de prácticas operativas para la confección de oficios de anotación o cancelación “Medidas Cautelares Web” (cfr. Anexo único Acuerdo Reglamentario N° 1587, Serie “A“ del 2/9/2019).
Por ello y conforme lo dispuesto por el artículo 166 in fine de la Constitución Provincial, artículos 12 y 14 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435 y las facultades conferidas por el artículo 3 del Acuerdo Reglamentario N° 1718, Serie “A”, del 27/8/2021; El señor Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba;
RESUELVE:
I. DISPONER el cambio de modalidad de tramitación de los oficios de anotación y cancelación de medidas cautelares en el Registro General de la Provincia “Medidas Cautelares Web” a partir del 19/8/2024, a las dependencias del fuero laboral de la provincia.
II. PROTOCOLÍCESE en un registro especial.
PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Notifíquese a quienes integran los citados tribunales. Comuníquese a los Colegios de Abogados de la Provincia y a la Federación del Colegios de Abogados de Córdoba. Incorpórese en la página web del Poder Judicial y dese amplia difusión.
FDO.: DR. ANGULO MARTÍN LUIS EUGENIO, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N°163 del 15 de agosto de 2024.