Las nuevas medidas limitan la percepción de ese beneficio a menores de 25 años, cuando convivan con padres que cobren “en blanco”. Asimismo la norma contempla la necesidad de realización de evaluaciones socio-economicas y patrimoniales por parte de la AFIP para su otorgamiento y deja en claro que las personas privadas de libertad no pueden percibirlo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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