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Oficializan nuevo sistema de importaciones y pagos de servicios al exterior

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El Sirase se aplicará a personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas que deban abonar al exterior para cancelar obligaciones propias o de terceros. Entra en vigor el día 13 y se aplicará para las registraciones efectuadas a partir del 17, inclusive. El Sira, en tanto, rige para importadores inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros. También se crea el sistema de consulta y registro de operaciones cambiarias denominado “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior”

Resolución General Conjunta 5271/22-AFIP y SC

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2022

VISTO los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2022-01832628- -AFIP-SDGCTI y EX-2022-01832903- -AFIPDIGEDO#SDGCTI, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta General N° 4.185 y sus modificatorias, de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y de la SECRETARÍA DE COMERCIO se implementó el “Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI)”, aplicable a los importadores inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros previstos por la Resolución General N° 2.570 (AFIP), sus modificatorias y complementarias, con relación a las destinaciones definitivas de importación para consumo, con el objetivo de identificar anticipadamente aquellas operaciones que no guardan relación con la capacidad económica y financiera del importador.

Que el Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Mundial tiene como objetivo armonizar la información anticipada sobre la carga, a fin de facilitar el comercio y contribuir al fortalecimiento de los Organismos del Estado a los fines de enfrentar los desafíos actuales.

Que la disponibilidad de información estratégica anticipada resulta esencial en el marco de las acciones de fiscalización y análisis de riesgos toda vez que, por un lado, permite identificar preventivamente operadores que pretenden eludir los controles aduaneros y operaciones en las que se pretende introducir al territorio nacional mercaderías prohibidas que pueden plantear una amenaza para la salud, la seguridad, el medio ambiente, entre otros, y, por otro lado, facilita la articulación de acciones de control entre las distintas áreas del Estado, potenciando los resultados de la fiscalización integral.

Que, en el contexto actual, resulta un objetivo estratégico de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS el desarrollo de instrumentos y mecanismos que optimicen sus funciones específicas en materia aduanera y refuercen los controles y la gestión de riesgos, favoreciendo la competitividad y el comercio exterior.

Que, por su parte, la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA tiene entre sus objetivos el de evaluar, en el ámbito de su competencia, la oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones que afecten el comercio, así como el impacto económico en relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas, desarrollando criterios e indicadores que permitan el control estratégico y la generación de proyectos a futuro.

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