El nuevo valor es de $9.080, y comenzó a regir el día 2 de octubre del año en curso. Ese monto equivale a ocho litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal YPF plaza Córdoba
Justicia Administrativa Municipal de Faltas de la Municipalidad de Córdoba
Resolución N° 112
Córdoba, 01 de Octubre de 2024
VISTO: El Código de Convivencia Ciudadana de la Ciudad de Córdoba – Ordenanza Nº 12.468 – y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ordenanza Nº 12.468 dispone que el valor de la multa se determina en Unidades Económicas Municipales (U.E.M), cuyo valor en pesos equivale a ocho (8) litros de nafta de menor octanaje, valor surtidor o precio final al público, de la empresa estatal Y.P.F plaza Córdoba, el que debe publicarse en el Boletín Oficial y en el sitio Web oficial de la Municipalidad de Córdoba.
Que, según lo informado por las autoridades del Automóvil Club Argentino, el valor del litro de nafta es de pesos un mil ciento treinta y cinco ($1.135) en consecuencia, el valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M), resulta en pesos nueve mil ochenta ($9.080).
ATENTO A ELLO y en uso de sus atribuciones:
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DE FALTAS RESUELVE:
Art. 1º.- ORDÉNASE la publicación del nuevo valor de la Unidad Económica Municipal (U.E.M) que asciende a la suma de pesos nueve mil ochenta ($9.080), el que empezará regir a partir del día dos de octubre del año dos mil veinticuatro.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y en el sitio Web Oficial de la Municipalidad de Córdoba, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE.
FDO. JUAN MANUEL ARÁOZ ORTEGA
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 4285 del 2 de octubre de 2024.