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Marcos Juárez, La Falda, Cosquín y Carlos Paz votarán por sistema de votación electrónico

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Las tres primeras localidades elegirán autoridades provinciales en tanto Carlos Paz elegirá autoridades provinciales y municipales

Tribunal Electoral de la Provincia de Córdoba

Resolución N° 6

Córdoba, 4 de abril de 2023.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados “CÓRDOBA ELECCIONES PROVINCIALES – 25 DE JUNIO 2023 – CONVOCATORIA ELECCIONES PROVINCIALES” (Expte. N° 11779560).

Y CONSIDERANDO: I. Que por Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba N° 320 de fecha 20 de marzo de 2023, se ha convocado al pueblo de la Provincia de Córdoba para el día 25 de junio de 2023 para elegir:

a) Cuarenta y cuatro (44) legisladores provinciales titulares y veintidós (22) suplentes, considerando a este efecto a la Provincia como Distrito Único;

b) Un (1) Legislador Provincial titular y un (1) suplente por cada uno de los siguientes departamentos: Calamuchita, Capital, Colón, Cruz del Eje, General Roca, General San Martín, Ischilín, Juárez Celman, Marcos Juárez, Minas, Pocho, Presidente Roque Sáenz Peña, Punilla, Río Cuarto, Río Primero, Río Seco, Río Segundo, San Alberto, San Javier, San Justo, Santa María, Sobremonte, Tercero Arriba, Totoral, Tulumba y Unión, considerando a este efecto a cada uno de dichos departamentos como Distrito Único.

c) gobernador y vicegobernador de la Provincia.

d) Tres (3) Miembros Titulares y tres (3) Miembros Suplentes para integrar el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Cada elector podrá votar por dos (2) miembros titulares y dos (2) suplentes, considerando a la provincia de Córdoba a este efecto, como Distrito Único.

II. Que es competencia de este Tribunal Electoral la de organizar, dirigir, fiscalizar y juzgar los comicios para la elección de autoridades provinciales (art. 10 inc. a Ley 9840).

III. El Código Electoral de la Provincia, a partir de la reforma operada por ley 9838, impuso –además de la boleta única de sufragio en soporte papel-, la implementación en forma progresiva y sistemática de las acciones necesarias tendientes a utilizar un mecanismo electrónico de emisión del sufragio (art. 184 Ley 9571). En ese sentido, desde las elecciones generales de autoridades provinciales del año 2011 a la fecha se viene cumpliendo con este mandato legal, comenzando con el circuito Marcos Juárez del Departamento homónimo en las elecciones de ese año, adicionando las localidades de La Falda y Cosquín, ambas del Departamento Punilla, en los años 2015 y 2019 respectivamente.

IV. Por ello, en ejercicio de las potestades y competencia reconocidas por el Código Electoral de la Provincia, corresponde a este tribunal hacer operativa la progresividad en la implementación de este sistema de votación. Para ello, tenemos presente la experiencia recibida de los comicios precedentes, relacionado con los dos sistemas de votación utilizados: Boleta única de Sufragio en soporte papel y voto electrónico en cualquiera de sus variables; resaltando que ambos sistemas fueron aceptados por la sociedad sin cuestionamientos formales y resultan accesibles, confiables, seguros y transparentes. Teniendo en cuenta esas circunstancias y las variables de tiempo, economía, infraestructura tecnológica disponible, como también la logística por la proximidad geográfica con alguno de ellos, corresponde disponer la inclusión del circuito Villa Carlos Paz del Departamento Punilla, a los ya existentes Marcos Juárez del departamento homónimo y La Falda y Cosquín del departamento Punilla, para la implementación del sistema electrónico de votación. Ahora bien, siendo que la ciudad de Villa Carlos Paz ha convocado en forma simultánea a elección de autoridades locales conjuntamente con las provinciales, el sistema electrónico de votación deberá presentar en la pantalla, para información previa del elector, los dos tramos por separado, primero el provincial y luego el municipal. Con ello se respeta, además de la elección de autoridades provinciales, la convocatoria a elección de autoridades locales (Ordenanza de la ciudad de Villa Carlos Paz N° 6954/23); es decir, por un lado la elección de las autoridades provinciales primero, incluyendo un casillero de voto lista completa y otro por categorías y luego, la elección de autoridades municipales, con casilleros voto lista completa y por categorías. Por lo expuesto, normas legales citadas y las atribuciones conferidas por las Leyes Provinciales 9571 – art. 184 – y 9840, el Tribunal Electoral de la Provincia

RESUELVE:

I. Disponer el sistema de votación electrónico en cualquiera de sus modalidades (urna o boleta electrónica) para la elección de autoridades provinciales en los comicios convocados para el día veinticinco de junio de dos mil veintitrés, en los municipios de Marcos Juárez, departamento homónimo y La Falda y Cosquín del departamento Punilla.

II. Disponer el sistema de votación electrónico en cualquiera de sus modalidades (urna o boleta electrónica) para la elección de autoridades provinciales y municipales en los comicios convocados para el día veinticinco de junio de dos mil veintitrés, en la ciudad de Villa Carlos Paz, del departamento Punilla.

III. PROTOCOLICESE, HAGASE SABER Y DESE COPIA. FDO. DRES. MARTA E. VIDAL, JUEZ. JORGE J. ALBERTO NAMUR Y LEONARDO C. GONZALEZ ZAMAR, VOCALES. ERNESTO TORRES, SECRETARIO.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 66 del 10 de abril de 2023.

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