Finalizado el trámite de emisión en todas sus categorías, los centros habilitados a tal fin entregarán una certificación al usuario en un formulario. El vecino podrá acceder digitalmente a su licencia por medio de la plataforma “Mi Argentina”
Municipalidad de Córdoba
Resolución N° 0055
CÓRDOBA
27 de Febrero de 2024
VISTO: La necesidad de la consecución y renovación de la Licencia de Conducir en todas sus categorías, atendiendo a diversos inconvenientes en las áreas involucradas en la tramitación de las mismas.
Y CONSIDERANDO:
QUE los inconvenientes generados por la situación económica que atraviesa nuestro país y la restricción a las importaciones agudizaron la incertidumbre y el impacto negativo en el acceso al plástico, ha repercutido en la reposición de insumos para la confección de los Carnet de Licencias de Conducir; debido a la falta de material para emitir la misma, por tal motivo resulta necesario, sin que ello conlleve a dilatar en exceso los plazos legales vigentes, disponer, en consecuencia que en todo aquel trámite tendiente a la consecución y renovación se realizará en forma habitual y se obtendrá un certificado de aprobación de la misma; que para ellos el peticionario deberá cumplimentar con los requisitos preestablecidos en la normativa vigente.
QUE, una vez que la parte requirente cumpla con todos los requisitos, será otorgada por el medio digital hasta la fecha que el presente instrumento lo determine.
QUE, a la misma se podrá acceder mediante la plataforma digital Mi Argentina habilitada a tal fin.
QUE dicha medida se encuentra contemplada en el marco de la Ordenanza N° 9981 y sus modificatorias.
ATENTO A ELLO, y en uso de sus atribuciones; EL SECRETARIO DE MOVILIDAD URBANA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- DISPÓNESE que luego de finalizado el trámite de emisión de las Licencias de Conducir en todas sus categorías, los centros emisores de las licencias de conducir de la Ciudad, entregaran una certificación al usuario en un formulario (ANEXO I), y el vecino podrá acceder digitalmente a su licencia a través de la plataforma MI ARGENTINA.
ARTICULO 2°. – ESTABLÉCESE que todas aquellas personas que estuvieran alcanzadas por la prórroga de la Resolución Serie “F” N°002 de fecha 22 de diciembre 2023 y los vencimientos durante el mes de febrero del 2024, dispondrán hasta el 31 de marzo del 2024 para regularizar su situación por el procedimiento establecido en la presente.
ARTICULO 3°. – DESE POR AUTORIZADO, a rubricar los certificados de licencia de conducir a los agentes que prestan servicios en centros de emisión de licencias de acuerdo al listado que corre agregado como ANEXO II, que forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese copia Administración General de la Justicia Administrativa Municipal de Faltas, a la Dependencias de la Secretaría de Movilidad Urbana, Dirección de Policía Municipal de Tránsito y por la Dirección de Tránsito notifíquese a la Policía de la Provincia de Córdoba. Cumplido, ARCHÍVESE.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 4212 del 27 de febrero de 2024.