Los Juzgados de Faltas radicados en los Centros de Participación Comunal (CPC) podrán recibir descargos presenciales o vía web producidos por los administrados que, habiendo sido notificados de la comisión de una supuesta falta de tránsito, comparezcan al Juzgado más cercano al domicilio fijado en su Documento Nacional de Identidad. Autorizan a aquéllos a avocarse a su tramitación y solicitar la remisión de las respectivas causas
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