Para el primer de los casos se dispone la posibilidad de negociar cheques cuyos libradores no cumplan con todos los requisitos establecidos para el análisis de riesgo siempre y cuando los inversores se notifiquen de esa situación, revistan la calidad de calificados y los instrumentos se negocien en un segmento especial y diferenciado. Para los pagarés, se reduce el monto y plazo mínimos y se incorpora la posibilidad que puedan ser emitidos a favor de un tercero y endosados para su negociación en mercados autorizados. Para aquellos emitidos en moneda extranjera se habilita a los mercados a reglamentar el tipo de cambio a utilizar para el cálculo del importe a pagar en moneda de curso legal a su vencimiento. La medida tiene por fin fortalecer el acceso al mercado de las pymes locales
Apoyá el periodismo especializado e independiente
Este contenido es exclusivo para suscriptores.