No obstante ello, lo dictaminado no impide a quienes cumplan con los requisitos previstos para ser caracterizados como Micro, Pequeña o Mediana Empresa -Tramo I y II- solicitar la inscripción en el “Registro de Empresas Mipymes”. Asimismo, la normativa adecua el régimen del impuesto al Valor Agregado, aplicable a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios adheridos a sistemas de pago con tarjetas de crédito El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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