Asimismo, la Provincia de Córdoba adhirió a la medida por el término de tres días
Decreto 178/25
Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2025
VISTO el trágico temporal e inundaciones que azotaron la Ciudad de BAHÍA BLANCA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y diversas localidades cercanas, y
CONSIDERANDO:
Que la magnitud del lamentable suceso meteorológico ocurrido en la Ciudad de BAHÍA BLANCA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y en diversas localidades cercanas ha provocado el fallecimiento y desaparición de numerosas personas.
Que las devastadoras consecuencias del temporal y de las inundaciones son de tal gravedad que han ocasionado además la necesidad de evacuar a un gran número de habitantes que han perdido todo, generando asimismo pérdidas económicas irreparables.
Que los hechos producidos han provocado una enorme consternación en la comunidad y en todo el país.
Que el Gobierno Nacional, en coordinación con las autoridades locales, se encuentra adoptando las medidas necesarias con el fin de asistir a los damnificados.
Que el Gobierno y el Pueblo de la Nación Argentina acompañan con su solidaridad y pesar el dolor de toda la población y de los familiares de las víctimas.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA por el término de TRES (3) días a partir del día de la fecha.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la Bandera Nacional permanecerá a media asta en los edificios públicos.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI – Guillermo Francos
Decreto N° 63
Córdoba, 10 de marzo de 2025
VISTO: el Decreto Nacional N° 178 de fecha 09 de marzo de 2025, por el que se declara Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina por el término de tres (3) días a partir del día de la fecha.
Y CONSIDERANDO: Que la medida allí dispuesta encuentra fundamento en el temporal e inundaciones que azotaron la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, y localidades cercanas; sucesos que produjeron el fallecimiento y desaparición de numerosas personas, y que han provocado una enorme consternación en la comunidad nacional.
Que, en la instancia, la Provincia adhiere a la medida dispuesta por el Estado Nacional, a fin de acompañar el dolor del pueblo de la ciudad de Bahía Blanca y demás zonas afectadas, y de los familiares de las víctimas. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144, de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- ADHIÉRESE la Provincia de Córdoba a la Declaración de Duelo Nacional por el término de tres (3) días dispuesta por Decreto Nacional N° 178/2025.
Artículo 2º.- DISPÓNESE que en todos los establecimientos públicos dependientes de la Provincia, la Bandera Nacional y la Bandera Provincial permanezcan izadas a media asta en señal de duelo, durante el período fijado en el artículo anterior.
Artículo 3°.- INSTRÚYESE a la Secretaría de Ceremonial dependiente del Ministerio de Vinculación Comunitaria para que adopte las medidas que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento legal.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Vinculación Comunitaria y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MARTÍN MIGUEL LLARYORA, GOBERNADOR – DANIEL PASTORE, MINISTRO DE VINCULACIÓN COMUNITARIA – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.624 y Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 49 del del 10 de marzo de 2025.