jueves 23, enero 2025
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Comercio y Justicia 85 años

Inmobiliario: la Municipalidad de Córdoba prorrogó la fecha de vencimiento para la cuota única 2025

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La fijó para el día 14 de febrero del año en curso. En tanto, modificó para el próximo 10 de febrero el vencimiento de la cuota única 2025 de la contribución que incide sobre los Automotores, Acoplados y similares

Dirección General de Recursos Tributarios

Resolución N° 0004 

CORDOBA, 3 de enero de 2025 

VISTO: La Resolución General Nº 0001 de esta Dirección General de Recursos Tributarios de fecha 02 de enero de 2025. 

Y CONSIDERANDO: 

QUE la Resolución General N° 0001/2025 en su artículo 1°, establece mediante Anexo I, el calendario de vencimientos para el período fiscal 2025. 

QUE, en aras de que la transparencia y efectividad del trabajo del municipio, y a los fines de garantizar a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones en pos de la equidad tributaria apropiada y ajustada a las normas existentes, se estima conveniente modificar la fecha de vencimiento para abonar la Cuota Única 2025 de la Contribución que incide sobre los Automotores, Acoplados y similares y la Contribución que incide sobre los Inmuebles, establecidas en el Anexo I de la Resolución General N° 0001 de fecha 02 de enero de 2025 de la Dirección General de Recursos Tributarios

ATENTO A ELLO, y en uso de sus atribuciones; LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS TRIBUTARIOS

RESUELVE: 

ARTÍCULO  1°: MODIFICAR la fecha de vencimiento de la Cuota Única 2025 de la Contribución que incide sobre los Inmuebles establecida mediante Anexo I de la Resolución General N° 0001 de fecha 02 de enero de 2025 de la Dirección General de Recursos Tributarios, y fijarla para el día 14/02/2025. 

ARTÍCULO 2°: MODIFICAR la fecha de vencimiento de la Cuota Única 2025 de la Contribución que incide sobre los Automotores, Acoplados y similares establecida mediante Anexo I de la Resolución General N° 0001 de fecha 02 de enero de 2025 de la Dirección General de Recursos Tributarios, y fijarla para el día 10/02/2025. 

ARTICULO 3°: MANTÉNGANSE firmes los restantes términos del citado instrumento legal. 

ARTICULO 4°: PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal, ENTRÉGUESE copia a la Secretaría de Administración Publica y Capital Humano, Departamento Grandes Contribuyentes, Secretaría de Participación Ciudadana y Juventud. Cumplido, ARCHÍVESE. 

RESOLUCIÓN GENERAL N° 0004 Fdo. Raúl Héctor Navarro – Director General de Recursos Tributarios

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Córdoba N° 4339 del 22 de enero de 2025. 

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