El nuevo término operará los días 23, 24 y 26 de mayo para empresas (sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros) que practiquen balance comercial y que hayan cerrado su ejercicio anual en diciembre de 2021. La fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada. Los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo “Ganancias personas jurídicas – versión 20.0”
Resolución General 5189/22-AFIP
Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-00536041- -AFIP-SECCDECNRE#SDGREC, y
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