viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El Poder Judicial difundió el cronograma de turnos para internaciones, período 2021

DEFINICIÓN. El tribunal de alzada concluyó que por razones de conexidad, el mismo juez que dictó el desalojo debe juzgar los daños ocasionados por el inquilino.
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Alcanza a Juzgados y Asesorías del Centro Judicial de Córdoba Capital y rige también con respecto a los pedidos de autorización para la ablación y trasplante y cualquier otro asunto vinculado a la aplicación de la Ley Nacional N° 27447

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba

Acuerdo Número Seiscientos Cincuenta y Cinco – Serie “A”. 

En la ciudad de Córdoba, a dos días del mes de diciembre del año dos mil veinte, con la Presidencia de su Titular Dra. María Marta CÁCERES de BOLLATI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres., Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Eugenio ANGULO y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:

VISTO: 

Que por Acuerdo 1049 serie “A” del 26/11/2019 se dispuso la asignación de turnos para las internaciones judiciales de los juzgados de primera instancia en lo civil y comercial y de las asesorías letradas del respectivo fuero, del Centro Judicial de la Capital para el año 2020.

Que dicho Acuerdo fue luego ampliado por Acuerdo 122 serie “A” del 03/03/2020 ya que asignó a los mismos tribunales y asesorías -conforme los turnos dispuestos- competencia para actuar no solo en las internaciones judiciales del año 2020, sino también en las causas que se refieran a autorización para ablación y trasplante y cualquier otro tema vinculado a la Ley Nacional Nº 27.447. 

Y CONSIDERANDO: 

1. Que es necesario disponer un nuevo cronograma de turnos de aquellos órganos que habrán de intervenir en las internaciones judiciales para el año 2021, conforme a las pautas fijadas por el Acuerdo Reglamentario 1039 serie “A” del 09/12/2010, en cuanto sea aplicable a los acuerdos reglamentarios dictados en el marco de la tramitación del expediente electrónico, y en las causas que se refieran a autorización para ablación y trasplante y cualquier otro tema vinculado a la Ley Nacional Nº 27.447.

2. Que dicho turno se conforma con la actuación conjunta de los juzgados civiles de Capital y de las asesorías civiles, de acuerdo a lo informado por el personal de las Asesorías Civiles.

3. En adición y en virtud del sistema de turnos instituido durante la emergencia sanitaria que corría de sábados a viernes, conforme lo dispuesto por Resolución de Presidencia del Tribunal Superior Nº 13 del 26/03/2020 ratificada por Acuerdo Reglamentario Nº 1621 serie “A” del 01/03/2020 –entre otras- el cronograma del año 2020 fue modificado. En consecuencia, el último turno del año en curso se extiende desde las 0:00 del sábado 26 de diciembre y las 23:59 del viernes 1 de enero de 2021. Que razones de orden y continuidad vuelven conveniente recoger la experiencia sostenida durante el servicio de Justicia en la emergencia sanitaria y ratificar que el turno para intervenir en internaciones judiciales y autorización para ablación y trasplante y cualquier otro tema vinculado a la Ley Nacional Nº 27.447, será de siete días corridos a contar desde el día sábado a las 0:00 horas hasta el viernes siguiente a las 23:59 horas, para las reparticiones involucradas conforme Anexo.

Por ello y en virtud de la atribución conferida por el artículo 12, incisos 1, 24, 25 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia; 

SE RESUELVE: 

ARTÍCULO 1. ASIGNAR los turnos del año 2021 para las internaciones judiciales y requerimientos de autorización para la ablación y trasplante y cualquier otro asunto vinculado a la aplicación de la Ley Nacional N° 27.447 a los juzgados en lo civil y comercial y asesorías letradas del fuero, ambos para el Centro Judicial de Capital, conforme el cronograma que como Anexo “A” se adjunta al presente. 

ARTÍCULO 2. DISPONER que los turnos asignados se extiendan desde las 0:00 horas del día sábado 2 de enero de 2021 hasta el viernes siguiente a las 23:59 horas -ambos inclusive- y en lo sucesivo conforme cronograma.

ARTÍCULO 3. ESTABLECER que el cronograma de turnos continúe conforme el orden de nominación de cada juzgado y de cada asesoría durante la feria de enero y el receso de julio ambos del año 2021.

ARTÍCULO 4. DISPONER que por Secretaría del Juzgado de Feria, al finalizar dicho receso, se efectúe el listado de las causas de internaciones judiciales y de asuntos vinculado a la aplicación de la Ley Nacional N° 27.447 ingresadas, que deberá ser remitido, junto a los respectivos expedientes, al Área de Recursos Humanos. Dicha Área deberá enviar el listado junto con los expedientes, a los juzgados que estuvieron de turno durante el receso, el primer día hábil del año 2021.

ARTÍCULO 5. PROTOCOLICESE y publíquese en el Boletín Oficial Electrónico. Comuníquese por el Área de Recursos Humanos a los tribunales y asesorías letradas involucrados, a la Oficina de Gestión de Asesorías (OGA), a la Mesa de Entradas General del Fuero Civil y Comercial, al Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, a la Federación de Abogados de la Provincia de Córdoba y a las asociaciones profesionales del medio. Instrúyase a las áreas técnicas que corresponda, la publicación y el mantenimiento del cronograma dispuesto en la página web del Poder Judicial en la pestaña “Servicios”.

FDO.: MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI – AIDA L. TARDITTI – SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA – LUIS EUGENIO ANGULO – RICARDO JUAN ROSEMBERG

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 278 del 4 de diciembre de 2020.

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