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El Poder Judicial avanza en la implementación del e-expediente en el fuero Penal

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Alcanza los centros judiciales de las 23 sedes de la Provincia desde el inicio de la investigación penal preparatoria en cualquiera de sus alternativas legales posibles, conforme cronograma que se publica. (Ver anexo adjunto) 

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba

Resolución N° 8

Córdoba, 29 de octubre de 2021.

VISTO: La aplicación de nuevas tecnologías que contribuyen a hacer más eficiente el funcionamiento del Poder Judicial puesto de manifiesto en el Acuerdo Reglamentario 1582 serie “A” de fecha 21/08/2019, por el cual el Tribunal Superior de Justicia resolvió aprobar el plan tendiente a la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes judiciales.
Y CONSIDERANDO:
1. Que el artículo 9 del Acuerdo citado faculta a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia con el asesoramiento del Consejo de Coordinación Sistema de Administración de Causas (SAC) y del Área de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) – hoy Área de Modernización -, a
dictar las normas generales y obligatorias que aprueben los cronogramas de avance del plan de despliegue.

Que en el Acuerdo mencionado se dispuso que la ejecución se efectuara de manera gradual, en el ámbito de todas las dependencias jurisdiccionales de todos los fueros y todas las sedes de la provincia.

2. En el contexto reseñado se ha cumplido en una primera etapa con la incorporación a la tramitación electrónica de los fueros Civil, Comercial, Conciliación, Laboral, Familia, Contencioso Administrativo, Electoral, de los Juzgados de Ejecución Penal de la sede Capital y en el fuero penal en la Primera circunscripción judicial; a extenderse al resto de las sedes de la primera circunscripción judicial.

3. En su mérito es que resulta necesario y conveniente continuar con la implementación de la tramitación electrónica en el fuero penal de los centros judiciales de las veintitrés sedes de la Provincia desde el inicio mismo de la investigación penal preparatoria en cualquiera de sus alternativas legales posibles, para todas las causas nuevas que se inicien conforme el
cronograma que como anexo único se agrega a la presente.

Por ello, y conforme lo dispuesto por el artículo 166 in fine de la Constitución Provincial, artículos 12 y 14 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435 y las facultades conferidas por el artículo 9 del Acuerdo Reglamentario N° 1582 serie “A” del 21/08/2019;

EL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

RESUELVE:

1. DISPONER el cambio de modalidad de inicio y posterior tramitación electrónica de las causas judiciales nuevas que se inicien como consecuencia de la investigación penal preparatoria, en cualquiera de sus alternativas legales posibles, en todos los centros judiciales de las veintitrés se
des de la Provincia de Córdoba conforme el cronograma que como anexo
único se agrega a la presente.
2. PROTOCOLÍCESE en un registro especial. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a partir del 30/11/2021. Incorpórese en la página del Poder Judicial. Comuníquese a los tribunales involucrados, a la Federación de Colegio de Abogados y a los Colegios de Abogados. Dese la más amplia difusión y archívese.

FDO.: SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA


N. de R.– Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 247 del 30 de noviembre de 2021.

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