Se amplía su implementación a todas las actuaciones que ingresen desde el pasado día 1 de mayo a la Secretaría Legal y Técnica
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba
Resolución N° 2
Córdoba, 29 de abril de 2022.
VISTO: La delegación dispuesta por el artículo 9 del Acuerdo Reglamentario 1582 serie A del 21/08/2019 que faculta a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, a dictar las normas generales y obligatorias que aprueben los cronogramas de avance del plan tendiente a la tramitación íntegramente electrónica de los expedientes.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 14 de la Ley N° 10.177, faculta a este Tribunal Superior de Justicia, a reglamentar el uso del expediente electrónico y la firma electrónica y/o digital, así como a disponer su gradual implementación.
Que en virtud de la aludida planificación a la fecha han sido incorporados a la tramitación electrónica los procesos judiciales de los fueros civil y comercial, laboral, familia, contencioso administrativo, electoral y penal, en sus distintas instancias.
Que en esta oportunidad resulta necesario continuar con la expansión del expediente electrónico a fin de incorporar aquellos procedimientos que tramitan en distintas unidades de la organización administrativa del Poder Judicial; y por ello cabe extender la implementación a la Secretaría Legal y Técnica.
Por ello, y conforme lo dispuesto por el artículo 166 in fine de la Constitución Provincial, artículos 12 y 14 inciso 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N°8435 y las facultades conferidas por el artículo 9 del Acuerdo Reglamentario 1582 serie A del 21/08/2019;
EL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
RESUELVE:
1. DISPONER el cambio de modalidad de inicio y posterior tramitación electrónica de todas las actuaciones que ingresen desde el día 01/05/2022 a la Secretaría Legal y Técnica del Poder Judicial.
Mantener como mecanismos de remisión y comunicación de actuaciones a la citada Secretaría, la casilla de correo oficial: secleg-cba@justiciacor- doba.gob.ar y las presentaciones que se efectúen en la Mesa de Entradas General de la Administración General.
2. AUTORIZAR a los funcionarios de la Secretaría Legal y Técnica a disponer la transformación de las actuaciones papel a electrónicas mixtas al momento en que se suceda un cambio de ubicación a despacho.
3. PROTOCOLÍCESE en un registro especial. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Notifíquese a la Secretaría Legal y Técnica. Comuníquese a la Administración General y a las áreas administrativas. Dese amplia difusión y archívese.
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