lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El Inaes creó la Unidad de Empresas Recuperadas

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Una de sus funciones será la de participar en la elaboración de proyectos tendientes al dictado de legislación y normativa; confeccionar informes y ser parte en instancias de articulación con otras dependencias del Estado en sus distintos niveles para abordar la temática, analizar la situación y diseñar políticas focalizadas  

Resolución 3576/22-Inaes

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2022

VISTO, el Expediente N° EX-2022-78372188- -APN-MGESYA#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES) es la autoridad de aplicación del régimen legal vigente para cooperativas y mutuales, en los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337 y en los Decretos Nros. 420/96, 721/00, sus modificatorios y complementarios.

Que a tal fin, tiene como misión principal el concurrir a la promoción de las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo.

Que el Instituto ha sido creado con el objeto de promover el surgimiento de nuevas cooperativas y mutuales para lograr niveles crecientes de productividad, favorecer la colaboración entre las cooperativas y las estructuras mutualistas, impulsar la reconversión empresarial y la productividad de las existentes y hacer más eficiente al sector asociativo para el desarrollo de las economías regionales.

Que tal como señalan la Organización Internacional de Cooperativas en la Industria y los Servicios (CICOPA), la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el mundo se ha observado el surgimiento de nuevos tipos de cooperativas, principalmente en los campos de la provisión de servicios sociales y de la integración laboral, que cobra incluso nuevo impulso en el contexto de reconfiguración del trabajo y de post pandemia.

Que pese a no contar con un marco regulatorio específico, en Argentina una de las mayores expresiones de esta realidad son las Empresas Recuperadas.

Que la experiencia de Empresas Recuperadas de nuestro país es tomada como ejemplo en el mundo en función del especial desarrollo cuantitativo y cualitativo de esta forma de organización sui generis, en la que trabajadores y trabajadoras deciden defender su fuente de trabajo conformando una cooperativa y asumiendo la tarea de superar límites objetivos y subjetivos de diversa índole, con ejemplos de sostenimiento de unidades productivas y desarrollo de función social comunitaria en una revaloración de los principios cooperativos.

Que, en atención a las particularidades que presentan las Empresas Recuperadas, estas deben contar con un acompañamiento específico realizado por un área especializada, a fin de poder determinar políticas más eficientes y eficaces, que posibiliten que este sector pueda alcanzar su mayor grado de desarrollo.

Que, en ese sentido, el Estado debe promover el diseño y ejecución de políticas articuladas, colaborativas y eficaces para el acompañamiento de este sector.

Que, por lo expuesto, se considera oportuna la creación de una UNIDAD DE EMPRESAS RECUPERADAS dependiente de la Presidencia del Directorio del Instituto, que permitirá fortalecer y ordenar desde el asociativismo un abordaje de las demandas y necesidades específicas de este sector de la población.

Que, en tanto, se entiende necesaria la designación de un responsable de la coordinación y supervisión de las acciones de la mencionada Unidad, proponiendo a tales efectos al Sr. Bruno DI MAURO, DNI 35.314.107, según lo establecido en el artículo 7° del Capítulo III de la Ley N° 25.164 -Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional- y su Decreto Reglamentario N° 1421/2002.

Que se propone dejar sin efecto la Resolución Nº RESFC-2020-319-APN-DI-INAES, la cual diera origen a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE “EMPRESAS RECUPERADAS”, siendo que la Unidad impulsada por la presente Resolución contempla las funciones asignadas a la Comisión y reviste un marco de mayor especificidad en la materia.

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 721/00, en el Anexo al artículo 3° de las funciones y atribuciones del Directorio, es de su facultad, entre otras, la de identificar y evaluar situaciones de orden legal, social, político, económico, organizativo y de cualquier otra índole que fuese necesario modificar para el mejor cumplimiento de los objetivos del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL y resolver al respecto.

Que la presente no implica cambios en la estructura orgánico funcional, ni asignación de recursos extraordinarios.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 20.321 y 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 721/00, 1192/02 sus modificatorios y complementarios.

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase la “UNIDAD EMPRESAS RECUPERADAS” en el ámbito de la Presidencia del Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), la que tendrá por funciones las consignadas en el Anexo identificado como IF-2022-78967785-APN-DFYEP#INAES que como tal, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase al Sr. Bruno DI MAURO, DNI 35.314.107 como responsable de la coordinación y supervisión de las acciones de la Unidad creada en la presente Resolución, en los términos establecidos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Déjase sin efecto la Resolución Nº RESFC-2020-319-APN-DI-INAES, que hubiera dispuesto la creación de la Comisión Técnica Asesora de Empresas Recuperadas.

ARTÍCULO 4°.- Déjase establecido que la presente no implica cambios en la estructura orgánica funcional, ni asignación de recursos extraordinarios y coadyuva a la optimización funcional de las políticas públicas que lleva adelante el Poder Ejecutivo Nacional.

ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.

Fabian Brown – Zaida Chmaruk – Ariel Guarco – Nahum Mirad – Alejandro Russo – Elbio Nestor Laucirica – Alexandre Roig

ANEXO 

FUNCIONES DE LA UNIDAD DE EMPRESAS RECUPERADAS 

La Unidad de Empresas Recuperadas tendrá a su cargo las siguientes funciones: 

1.Trabajar en forma coordinada en el abordaje de la situación de las Empresas Recuperadas; 

2.Participar en la elaboración de proyectos tendientes al dictado de legislación y normativa; 

3. Asistir y articular con áreas sustantivas del Instituto para el desarrollo de acciones generales y para el acompañamiento en gestiones en que Empresas Recuperadas resulten parte; 

4. Confeccionar informes; 

5.Participar en instancias de articulación con otras dependencias del Estado en sus distintos niveles para abordar la temática, analizar la situación y diseñar políticas focalizadas; 

6. Articular acciones para fortalecer el Registro Nacional de Empresas Recuperadas – RENACER, creado por Resolución 1335/21 del Ministerio de Desarrollo Social, reglamentado y reglamentado mediante la Resolución 123/2022 de la Secretaría de Economía Social.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 34.987 del 22 de agosto de 2022.

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