domingo 22, diciembre 2024
domingo 22, diciembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

El Ersep convocó a audiencia pública virtual para revisión de la tarifa del agua potable

ESCUCHAR

Se realizará el próximo día 23 a las 10 mediante la plataforma Zoom, debido al incremento de costos en la prestación de servicios

Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep)

Resolución N° 720

Córdoba, 08 de abril de 2021

Y VISTO: Las presentes actuaciones vinculadas con la Convocatoria a Audiencia Pública en el marco de la solicitud de revisión tarifaria promovida por Aguas Cordobesas S.A.

Que obra en autos solicitud de fecha 18 de Enero de 2021, formulada por la empresa Aguas Cordobesas S.A., por la que solicita revisión tarifaria por incremento de costos, conforme al numeral 9.2.3 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la ciudad de Córdoba. Asimismo, el dictado de la Resolución ERSeP Nº 179/2021, por la que se habilita el procedimiento de revisión tarifaria y se constituye la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios respectivamente. Por último, actas de la reunión de la Mesa, con su documentación respaldatoria.

Y CONSIDERANDO:

Que en el marco de la normativa vigente, producidos los supuestos requeridos por el numeral 9.2.3.1 del Contrato de Concesión para dar inicio al mencionado proceso de revisión tarifaria, mediante Resolución ERSeP N° 179/2021 de fecha 24 de febrero de 2021, se resuelve: “Artículo 1º: HABILÍTASE el procedimiento de revisión tarifaria promovida por Aguas Cordobesas S.A. en el marco de lo dispuesto en los numerales 9.2.3. del Contrato de Concesión (…)”.

Que asimismo, mediante decreto de Presidencia del ERSeP de fecha 26 de Marzo de 2021, se dispuso: “(…) Córdoba, 26 de Marzo de 2021. A tenor de lo dispuesto por la Resolución ERSeP N° 179/2021, téngase por constituida la Mesa de Estudio de Valores Tarifarios y Precios con los miembros que se enuncian: Dr. Ricardo Antonio GAIDO, M.I. 29.556.672, en representación de Fiscalía de Estado; HALABI, Damián D.N.I. N° 26.484.936, MICHEL RIVERO Andrés David D.N.I. 28.412.821, HERRERA, Daniel D.N.I. 16.013.902 y VARIZAT, Andrés Federico D.N.I. 21.966.630 en representación del Concedente; Cr. Héctor Alfredo RANDANNE, M.I. 13.963.318 y Lic. Fernando GIVOGRI, M.I. 21.394.157, ambos por la Concesionaria Aguas Cordobesas S.A. y al Ing. Jorge VAZ TORRES, D.N.I N° 28.635.865 Gerente de la Gerencia de Agua y Saneamiento en representación del ERSeP, en función de lo dispuesto por Acta de Directorio N° 4 de fecha 24 de Febrero de 2021. PÓNGASE en conocimiento de los integrantes que la primera reunión se llevará a cabo el día Lunes 29 de marzo de 2021 a las 11:00hs a desarrollarse mediante la plataforma Meet. A cuyo fin el enlace es: https://meet.google.com/sir-euma-iya (…)”.

Que conforme a lo estipulado en el numeral 9.2.7.1 corresponde a la Mesa “(…) establecer la variación de costos de prestación del servicio y desarrollar la revisión de los valores tarifarios, precios, cargos y penalidades conforme lo establecido en los numerales 9.2.3. (…)”, relativo a la “Revisión por Incremento de Costos”, prevé la posibilidad de habilitar el mecanismo “cuando se verifique un incremento igual o mayor al ocho por ciento (8%)”.

Que en relación a su funcionamiento, se dispone que la Mesa “(…) deberá verificar y evaluar (…) la variación registrada en el coeficiente de variación de costos (…) y proponer dentro del mismo plazo al Ente de Control su propuesta de modificación tarifaria” conforme el numeral 9.2.7.2.

Que además, se establece que “Las decisiones de la Mesa se adoptarán por simple mayoría de votos correspondiéndole a cada integrante un voto….”, debiendo elevar su propuesta al Ente de Control, el que dispondrá de cinco (5) días hábiles para efectuar la convocatoria a Audiencia Pública (9.2.7.2).

Que de este modo la citada disposición determina la función de la Mesa Tarifaria y el quórum necesario a los fines de adoptar sus decisiones. De una detenida lectura de las actas se desprende que la propuesta de modificación de los valores tarifarios ha sido elaborada tomando en consideración todos los argumentos aportados por cada uno de los miembros intervinientes y aprobada por la unanimidad de sus integrantes, habilitados a ese fin con lo que se da cumplimiento de las previsiones contractuales en cuanto a objetivos y quórum establecidos.

Que se agrega igualmente a las actuaciones de referencia el informe definitivo a fs. 32/43 elaborado por el Área de Costos y Tarifas a solicitud de la Mesa.- Que en relación a lo anterior, se ha verificado en autos el cumplimiento de los recaudos legales mencionados, toda vez que lucen agregadas las siguientes actuaciones: 

1) Acta de reunión de la Mesa con registro de temas tratados y asistencia de sus miembros a fs. 29/30 y 45, 

2) Documentación e informes tenidos en cuenta en el proceso de evaluación y análisis; y 

3) Acta Nº 2 de fecha 31 de Marzo de 2021, por la que se deja asentada la propuesta de modificación tarifaria, con mención de fundamentos y número de votos obtenidos para su arribo, la que se integra por el ítem: “(…)

4.- Propuesta de Modificación Tarifaria: 

4.1. Incremento de Costos en el período Agosto 2020/Noviembre 2020 (numeral 9.2.3.2 y 9.2.3.3 del Contrato de Concesión):Se aprueba propuesta de modificación tarifaria, por unanimidad de sus miembros en base a los antecedentes citados, documentación incorporada y en particular el análisis y conclusiones arribadas en el Informe Técnico Nº 14/2021, expresando en porcentuales lo siguiente:

• Variación de los costos del Concesionario generada en cambios de precios en el período Agosto 2020/Noviembre 2020 del 8,41%.-

• Implementación a partir de los consumos registrados desde el 01 de Mayo de 2021.- (…)”.

Que por su parte, el artículo 20 de la Ley Nº 8835 – Carta del Ciudadano, según modificación introducida por la Ley Nº 9318, dispone que la autoridad regulatoria deberá convocar a Audiencia Pública “… cuando el informe o tratamiento se relacione con la modificación de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en forma previa a su implementación”.

Que el procedimiento de la Audiencia Pública se encuentra reglamentado por Resolución General ERSeP Nº 60/2019 estableciendo que la convocatoria deberá contener los siguientes puntos: 

a) lugar, fecha y hora de celebración de las audiencias;

b) la relación sucinta de su objeto; 

c) el plazo para la presentación de la solicitud de participación de los interesados, pretensiones y prueba; 

d) la indicación precisa del lugar/es donde puede recabarse mayor información y obtenerse copia y vista de las presentaciones y demás documentación pertinente, como así indicar la Resolución donde consta el procedimiento de audiencias y 

e) Deberá comunicar que tanto la inscripción como la consulta de información relevante a la Audiencia Pública podrá efectuarse a través de LA PLATAFORMA.

Que habiendo sido recibida la propuesta por parte de la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios y dentro del plazo establecido, corresponde emitir acto administrativo disponiendo la convocatoria a Audiencia Pública a los fines de su oportuno tratamiento-

Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los arts. 21 y siguientes de la Ley N° 8835 – Carta del Ciudadano, y lo dictaminado por el Sección de Asuntos Legales de la Gerencia de Agua y Saneamiento bajo el N° 45/2021, 

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (ERSEP):

RESUELVE:

Artículo 1º: CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día 23 de Abril de 2021 a las 10:00 horas, a los fines del tratamiento de la propuesta de revisión tarifaria elaborada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios de fecha 31 de Marzo de 2021 en el marco de las disposiciones contenidas en los numerales 9.2.3 y 9.2.7.2 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la Ciudad de Córdoba.

Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese y dése copias.

FDO.: MARIO AGENOR BLANCO – JOSÉ LUIS SCARLATTO – LUIS ANTONIO SÁNCHEZ, VOCAL – FACUNDO CARLOS CORTÉS – DANIEL ALEJANDRO JUEZ

Resolución Nº 720

Anexo Único

OBJETO: Tratamiento de la propuesta de Revisión tarifaria elaborada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios de fecha 31 de Marzo de 2021, a saber: “Incremento de Costos desde Agosto de 2020 hasta Noviembre de 2020” en el marco de las disposiciones contenidas en el numeral 9.2.3 y 9.2.7.2 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la Ciudad de Córdoba –Aguas Cordobesas S.A.

LUGAR Y FECHA: La Audiencia Pública Virtual se realizará el día 23 de abril de 2021 a las 10:00 horas mediante la plataforma Zoom. A cuyo fin el enlace o link para participar de la misma se podrá encontrar en http://ersep.cba.gov.ar, en el apartado Audiencias Públicas.

LUGARES EN DONDE SE PUEDE RECABAR MAYOR INFORMACIÓN: Ente Regulador de los Servicio Públicos (ERSeP), Av. Emilio Olmos 513Córdoba y en la plataforma digital de audiencias públicas http://audienciaspublicasersep.cba.gov.ar/

PLAZO Y LUGAR PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN Y PARA LA PRESENTACIÓN DE PRETENSIONES Y PRUEBA:

20 de Abril de 2021, solo mediante el sitio web http://ersep.cba.gov.ar.

MESA DE AYUDA –CONSULTAS: la misma estará disponible para evacuar consultas sobre modalidad y uso de la plataforma u otras cuestiones vinculadas al procedimiento (art. 36 Ley 10618) en horario hábil (lunes a viernes de 8 a 14 hs) y durante el desarrollo de la audiencia, inclusive, a través del correo electrónico: [email protected]

PROCEDIMIENTO DE AUDIENCIA PÚBLICA:

Resolución General ERSeP Nº 60/2019:

1)Apertura de la Audiencia Pública y lectura de la convocatoria.

2)Exposición sucesiva de cada participante a los fines de la ratificación, rectificación, fundamentación o ampliación de su presentación, incorporación de documental o informes no acompañados al momento de la inscripción.

3)Cierre de la Audiencia Pública y firma del Acta respectiva.

4)Elaboración de un Informe concerniente a lo actuado en la Audiencia Pública.

5)Dictado del correspondiente acto administrativo dentro del plazo de treinta (30) días corridos de la clausura de la Audiencia Pública prorrogables por hasta quince (15) días más cuando la complejidad del asunto así lo requiera.


N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 69 del 12 de abril de 2021.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?