Los comercios y personas físicas que figuren en la base de la ARCA bajo esta categoría no podrán utilizar estos medios para cobrar o pagar vía transferencia, tarjetas de crédito, débito y compras, entre otras restricciones
Comunicación “A” 8144/24-BCRA
05/12/2024
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
ACEPTADORES DE PAGO CON TRANSFERENCIA,
ADQUIRENTES DE PAGOS CON TARJETA,
AGREGADORES DE INSTRUMENTOS DE PAGO:
Ref.: Circular SINAP 1-223: TO sobre Sistema Nacional de Pagos – Servicios de pago. Adecuación.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
1. Establecer que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago (PSP) que cumplan la función aceptación de pago con transferencia (PCT), adquirencia y/o agregación o subadquirencia no podrán dar tales servicios de pago a comercios y demás personas humanas o jurídicas que figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
A ese efecto deberán utilizar las notificaciones que reciban de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero acerca de las altas y bajas en la citada base, y negar o discontinuar el servicio de aceptar PCT o pagos con tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas a quienes lo soliciten o lo tuvieran –en este caso, dentro del plazo de un (1) día hábil de recibida la información–, respectivamente.
Hasta que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero instrumente esas notificaciones, las entidades financieras y los PSP que cumplan la función aceptación de PCT, adquirencia y/o agregación o subadquirencia deberán consultar dicha base con periodicidad al menos semanal y tomar las acciones señaladas previamente.
2. Disponer que los sujetos alcanzados por el punto 1 contarán con plazo hasta el 16/12/24 para cumplir con lo allí resuelto.”
Saludamos a Uds. atentamente
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Matías A. Gutiérrez Girault, Gerente de Sistemas de Pago – Alejandra I. Sanguinetti, Subgerenta General de Medios de Pago.
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 35.564 del 10 de diciembre de 2024.