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Córdoba asigna un millón de pesos al Programa de Innovación Colaborativa

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Tendrá como beneficios específicos el de vincular empresas con emprendimientos dinámicos e innovadores o actores del sector científico-tecnológico y contribuir a que aquéllas finalicen el programa con un proyecto de innovación definido y estructurado, que cumpla con lineamientos básicos para lograr su financiamiento. Podrán participar industrias constituidas como personas jurídicas y radicadas en la provincia de Córdoba relacionadas al agro, alimentos y metalmecánica 

Agencia Córdoba Innovar y Emprender de la Provincia de Córdoba

Resolución N° 33

Córdoba, 17 de septiembre de 2021

VISTO: Que mediante Ley Provincial 10351 y Decreto N° 664/16, el Gobierno de la Provincia de Córdoba dispuso la creación dentro del ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, de la “Agencia Córdoba Innovar y Emprender Sociedad de Economía Mixta”, 

Que es objeto de la Agencia todo lo inherente a la promoción del Financiamiento y la ejecución de programas y proyectos tendientes a incrementar los procesos de innovación, de desarrollo territorial y de valor agregado a la producción en empresas, emprendimientos, actores y sistemas productivos de la Provincia de Córdoba a través de la articulación y el cofinanciamiento con los sectores de la sociedad civil involucrados, mediante la administración de fondos aportados por el sector público y el sector privado en partes iguales.

CONSIDERANDO: Que el programa de Innovación colaborativa tiene como objetivo general promover procesos de innovación abierta en industrias de Córdoba relacionadas al agro, alimentos y metalmecánica a partir de la vinculación con emprendedores dinámicos e innovadores y el sector científico-tecnológico, con el fin de acelerar la innovación y la transformación digital y como Objetivos específicos: 

1. Desarrollar en las empresas la cultura en torno al paradigma de innovación abierta, mecanismos de vinculación y oportunidades de financiamiento para llevar adelante proyectos tecnológicos. 

2. Acompañar a empresas en la delimitación de problemáticas y en la definición de demandas y desafíos tecnológicos. 

3. Vincular empresas con emprendimientos dinámicos e innovadores o actores del sector científico-tecnológico capaces de resolver o dar respuesta a las demandas tecnológicas definidas. 

4. Contribuir a que las empresas finalicen el programa con un proyecto de innovación definido y estructurado, que cumpla con lineamientos básicos para lograr su financiamiento. Los beneficiarios serán las empresas seleccionadas que participarán de un proceso de acompañamiento de tres meses de duración, durante el cual se espera que logren plantear un desafío de innovación, sean vinculadas con emprendimientos dinámicos e innovadores y/o actores del sector científico, y avancen con éstos como proveedores de la solución en el armado de pruebas de concepto. Las etapas que formarán parte de este proceso serán desarrolladas por la Unidad Ejecutora (Unidad de Vinculación Tecnológica de Córdoba – UVITEC) 

Que los beneficios consistirán en que las empresas podrán: Acceder a la inteligencia colectiva, acceder a talento calificado para el desarrollo de la solución definida, acceder a nuevas tecnologías de manera más eficiente y reduciendo los costos de aprendizaje y a explorar nuevas oportunidades de negocios o lograr una expansión del actual.

POR ELLO EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y EMPRENDER S.E.M.

RESUELVE: Artículo 1°: APROBAR las Bases y Condiciones del Programa de Innovación Colaborativa, el cual se adjunta y forma parte integrante de la presente. 

Artículo 2º: ASIGNAR al programa un presupuesto total de un millón de pesos ($1.000.000). 

Artículo 3º: DETERMINAR que las presentaciones podrán efectuarse desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial siendo la convocatoria de modalidad ventanilla cerrada. 

Artículo 4°: PUBLICAR en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a sus efectos. 

Artículo 5°: AUTORIZAR a la Gerencia de Administración a realizar la afectación presupuestaria previa por el monto correspondiente. 

Artículo 6°: IMPUTAR el egreso que demande a Jurisdicción: 820 – Administrativa: 213 – Cat. Programática: 820/821 y 822 según corresponda.

 FDO. DIEGO CASALI. PRESIDENTE, AGENCIA CÓRDOBA INNOVAR Y EMPRENDER SEM.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 194 del 20 de septiembre de 2021. 

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