Se eliminael requisito de legalización para el Certificado Analítico por Título Secundario, Título Superior No Universitario o Universitario de Grado y/o Posgrado, siendo suficiente que sean presentados en copia certificada. A su vez, se dispone que se convoque a los postulantes a realizarse el examen médico preocupacional de manera previa a la entrevista personal para determinados concursos en los que a priori se estime de significativa relevancia la aptitud física para el desempeño del puesto. (Ver detalles en anexo)
Resolución N° 362-EPEC
Córdoba, 4 de mayo de 2022
VISTO el Expediente Nº 0021-089017/2022 que se relaciona con la Resolución Nº 84.720, por la cual se aprobó el “Reglamento de Concursos Públicos y Abiertos” de EPEC, y
CONSIDERANDO:
QUE mediante dicho acto administrativo, emitido en fecha 17 de diciembre de 2021 (copia de fs. 7 a 14 y vta.), se aprobó el mentado Reglamento cuyo texto forma parte integrante del aludido resolutorio como Anexo Único, en el cual se establecieron los parámetros y requisitos generales
en que se enmarcarían los concursos que eventualmente se llamaran para el cubrimiento de distintos puestos vacantes en el ámbito de la Empresa;
QUE en esta instancia, Gerencia de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional impulsa a fs. 3/4 la incorporación de una serie de modificaciones relativas al procedimiento allí previsto, tendientes a simplificar ciertos aspectos del proceso de selección en procura de dotarlo de una mayor eficiencia, así como prever la posibilidad de adaptar el mismo a los requerimientos particulares de cada puesto a concursar;
QUE en ese sentido, el área de trabajo interviniente propone introducir, en lo referido al apartado VIII “EXAMEN MÉDICO PRE-OCUPACIONAL Y CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES”, la posibilidad de que, para determinados concursos en los que a priori se estime de significativa relevancia la aptitud física para el desempeño del puesto, se convoque a los postulantes a realizarse el examen médico preocupacional de manera previa a la Entrevista Personal;
QUE asimismo, la mencionada Gerencia solicita eliminar el requisito de legalización para el Certificado Analítico por Título Secundario, Título Superior No Universitario o Universitario de Grado y/o Posgrado, contenido en los apartados II.2 “Documentación que acredita el cumplimiento de los Requisitos Excluyentes” y II.3 “Documentación que acredita el cumplimiento de los Requisitos Deseables” del aludido Reglamento, bastando para tener parte en el Concurso, que los mismos sean presentados en copia certificada;
QUE finalmente, en cuanto al apartado III.2 “Asignación de Puntajes” del citado precepto, propone dejar establecido que, en cada llamado particular, podrá el Directorio de EPEC modificar la escala establecida y las condiciones referidas en dicho apartado, lo que deberá ser expresado en la Descripción del Puesto a concursar;
QUE en virtud de lo expuesto y teniendo en miras la mejora continua de los procesos a efectos de procurar una mayor eficiencia en su gestión, procede en esta oportunidad implementar las modificaciones de que se trata, plasmadas en el ejemplar adjunto de fs. 15 a 21 y vta., constando a fs. 22 la participación de Gerencia General;
Por ello, y atento lo dictaminado por Subgerencia de Asesoría y Gestión Legal bajo el Nº 302/2022 (fs. 6 y vta.),
EL DIRECTORIO
DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA
EN SU SESIÓN DEL DÍA DE LA FECHA
RESUELVE:
ART. 1º – Aprobar las modificaciones introducidas en el “Reglamento de Concursos Públicos y Abiertos” de EPEC, aprobado por Resolución Nº 84.720 de fecha 17 de diciembre de 2021, el que quedará redactado conforme el texto que, compuesto de siete (7) fojas, forma parte integrante de la presente Resolución como Anexo Único.-
ART. 2º – Comuníquese, dése copia al Ministerio de Servicios Públicos y a las dependencias que correspondiere, pase el expediente a Gerencia de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional a sus efectos, debiendo archivarse el original de la presente en Área Despacho.-
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