lunes 7, julio 2025
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Comercio y Justicia

Cinco localidades cordobesas habilitan sus propios centros para emitir licencias

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La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito homologó los Centros de Emisión de Licencias de Conducir (CEL) de la Municipalidad de San José de Las Salinas y las Comunas de Avellaneda, Caminiaga, Churqui Cañada y Segunda Usina. La medida permitirá que los ciudadanos puedan realizar los trámites para obtener y renovar sus licencias de conducir sin necesidad de trasladarse a la capital provincial u otros centros urbanos más grandes

Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito

Resolución N° 28

Córdoba, 12 de Mayo de 2025.

VISTO: lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (t.o. 2004), su Decreto Reglamentario N° 318/07 y lo actuado en Expediente Nro. 0458-073009/2025, Expediente Nro. 0458-073425/2025, Expediente Nro. 0458-001885/2025, Expediente Nro. 0458-073227/2025 y Expediente Nro. 0458-001886/2025 por los que la Municipalidad de San José de Las Salinas y las Comunas de Avellaneda, Caminiaga, Churqui Cañada y Segunda Usina respectivamente, solicitan reconocimiento y homologación del Centro Emisor de Licencias de Conducir que actualmente operan en sus localidades.

Y CONSIDERANDO:

Que, esta Dirección General, en ejercicio de sus atribuciones, dispuso la realización de una Auditoria a los referidos Centros de Emisión de Licencias de Conducir, de acuerdo a los lineamientos establecidos por los Anexos “B” e “I” del Decreto reglamentario N° 318/07.

Que, en cada Auditoría supra consignada se procedió a verificar los pasos legalmente exigibles a efectos de la emisión de las Licencias de Conducir, concluyendo en aconsejar a esta instancia administrativa, que puede procederse a la homologación de los Centros Emisores con cargo y sujeto al cumplimiento de distintas observaciones puntualizadas en los informes respectivos.

Que, en virtud de ello, corresponde dictar instrumento legal que proceda al reconocimiento y homologación de los Centros de Emisión de Licencias de Conducir de las Localidades requirentes.

Que, por último y a efectos de cumplimentar los requisitos legales de rigor y atendiendo que a partir de la presente homologación los Centros Emisores deberán ajustarse a las especificaciones técnicas establecidas en el art. 7 inc “B” y Anexo “B” del Decreto Reglamentario 318/07. Por ello, en ejercicio de sus facultades.

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRANSITO

RESUELVE:

1°. – HOMOLOGAR los Centros de Emisión de Licencias de Conducir dependientes de la Municipalidad de San José de Las Salinas y las Comunas de Avellaneda, Caminiaga, Churqui Cañada y Segunda Usina, todas de la Provincia de Córdoba, los que se encuentran habilitados a partir de la fecha en concordancia a lo dispuesto por la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (T.O. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07.

2°. – NOTIFICAR a las Localidades cuyos Centros Emisores ha sido homologados por el artículo anterior, bajo condición de cumplimiento de las observaciones que se le notifican por cuerda separada y que serán auditadas en un plazo no mayor a noventa (90) días contados a partir de la publicación de la presente.

3°. – ASIGNAR a la Municipalidad de San José de Las Salinas y las Comunas de Avellaneda, Caminiaga, Churqui Cañada y Segunda Usina, los códigos de seguridad a insertar en las licencias de conducir a emitir.

4°. – ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O .2004), a la Dirección General de la Policía Caminera y a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad.

 5°. – PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 91 del 14 de mayo de 2025.

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