viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Ciberataque al Poder Judicial: extienden plan de contingencia y suspensión de plazos procesales

DECISIÓN. El tribunal desestimó las objeciones planteadas por el síndico del proceso concursal.
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Será hasta el 24 de agosto, inclusive. La norma informa que se encuentra disponible el servicio de envío y recepción de correos y en proceso de restablecimiento el historial de la casilla de los usuarios.  

Poder Judicial Acuerdo Reglamentario Número

Mil Setecientos Ochenta y Uno Serie “A”.

En la ciudad de Córdoba, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veintidós, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, Luis Enrique RUBIO y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Señor Administrador General, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON:

VISTO: El ciberataque que sufrió la infraestructura tecnológica del Poder Judicial de Córdoba el sábado 13 de agosto de 2022, por un ransomware que ha comprometido la disponibilidad de sus servicios informáticos. Y en particular el informe del Área de Modernización respecto de los avances, medidas adoptadas y plan de acción a los fines de la recuperación de la información y las prestaciones.

Y CONSIDERANDO:

1. Que en razón del citado ataque, la totalidad de Vocales que integran este Tribunal, por Acuerdo Reglamentario Nº 1778 serie A del 15/08/2022, resolvieron –entre otras medidas- aprobar un “…“Plan de Contingencia” para el restablecimiento gradual y progresivo de los servicios y sistemas electrónicos del Poder Judicial de Córdoba a partir del 16 de agosto de 2022” (artículo 1). En consecuencia, se resolvió “Declarar inhábiles a los fines procesales y administrativos los días 16, 17, 18 y 19 de agosto de 2022 para las causas ya iniciadas y que actualmente se tramitan electrónicamente, salvo los actos válidamente cumplidos” (artículo 2). Asimismo se facultó al Administración General a establecer “…todo otro mecanismo necesario mientras dura el presente “Plan de Contingencia”” (artículo 3).

A propósito de la actividad jurisdiccional, se dispuso que las audiencias y actos procesales se realizaran en la forma prevista, salvo que el juez o el fiscal interviniente resolvieran lo contrario (artículo 4); y se resolvió la prórroga automática de las medidas cautelares vencidas al 13 de agosto de 2022 y a vencerse desde esa fecha y hasta el 19 de agosto de 2022 en el fuero de violencia de género y familiar (artículo 5). Se le acordó al Ministerio Público Fiscal el ordenamiento de su actividad (artículo 6) y se precisó que la convocatoria del personal era presencial (artículo 7).

2. Con posterioridad, por Acuerdo Reglamentario Nº 1780 serie A del 16/08/2022 se precisó que la declaración de inhabilidad a los fines procesales y administrativos para las causas ya iniciadas y que se tramitan electrónicamente, salvo los actos válidamente cumplidos, entrañaba una suspensión de todos los plazos.

3. En dicho marco, desde el Área de Modernización se informa en el día de la fecha que: “La infraestructura de misión crítica se encuentra mayormente operativa para el personal técnico. La base de datos, que posee toda la información del Sistema de Administración de Causas –SAC-, ha sido accedida por personal especializado, que ha verificado la integridad de la información, que no ha sido adulterada y que no se han perdido o dañado sus registros. A la brevedad se restablecerá el SAC para los usuarios internos. Por último, en la actualidad se encuentra disponible el servicio de envío y recepción de correos; y en proceso de restablecimiento el historial de la casilla de los usuarios”. En su mérito, resulta indispensable disponer la prórroga del “Plan de Contingencia” para el restablecimiento gradual y progresivo de los servicios y sistemas electrónicos del Poder Judicial de Córdoba en los términos prescriptos por los Reglamentos reseñados. Atento a todo ello, el Tribunal Superior de Justicia en ejercicio de sus atribuciones conforme artículo 166 inciso 2 de la Constitución Provincial y artículo 12 incisos 1 y 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435;

RESUELVE:

1. PRORROGAR lo dispuesto por los Acuerdos Reglamentarios 1778 del 15/08/2021 y 1780 del 16/08/2022 –ambos serie “A” -, durante el periodo comprendido entre los días 20 y 24 de agosto de 2022, ambos inclusive.

2. PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial Electrónico, comuníquese a todos los centros judiciales, a la Dirección General de Policía Judicial, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, a la Federación de Colegio de Abogados, a los Colegios de Abogados, a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial. Difúndase la presente por medio del sitio web del Poder Judicial de Córdoba, e instrúyase a la Oficina de Comunicación a que se dé amplia difusión. Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, y con la asistencia del Sr. Administrador General. 

FDO.: SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA, PRESIDENTE – DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL – LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL – LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL – LUIS MARIA SOSA LANZA CASTELLI, ADMINISTRADOR.

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 169 –edición extraordinaria- del 19 de agosto de 2023.

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