Se recuerda que esta diplomatura es el resultado de las acciones de cooperación y articulación entabladas conjuntamente con el sector académico universitario de la provincia; iniciativa que comenzó en el año 2018 con su primera edición y que se desarrolla anualmente
Ministerio de la Mujer de la Provincia de Córdoba
Resolución N° 130
Córdoba, 23 de Septiembre de 2020
VISTO: la Ley N° 10.628, de adhesión a la Ley Nacional N° 27.499 –Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del estado, y su Decreto Reglamentario Nº 952/2019.
Y CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 10.628, la provincia de Córdoba adhirió a la Ley Nacional N° 27.499, de capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.
Que mediante su Decreto Reglamentario N° 952/2019 se determinó que la capacitación establecida por la Ley N° 10.628 –en concordancia con la ley nacional 27.499-, es “obligatoria para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos los niveles y jerarquías, dependientes del Poder Legislativo, del Poder Judicial, de la Defensoría del Pueblo, del Tribunal de Cuentas y de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada (incluidas entidades autárquicas, bancos, sociedades, Sociedades del Estado y Sociedades de Economía Mixta del Estado Provincial, entes en los cuales el Estado Provincial sea titular de la participación total o mayoritaria del capital o posea el poder de decisión), cualquiera sea su vínculo laboral o situación de revista.”
Que mediante Decreto N° 1615/2019 de Aprobación de la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo, artículo 40 apartado 10, se otorgó al Ministerio de la Mujer el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 10.628.
Que es facultad de la Autoridad de Aplicación, dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la implementación de la Ley N° 10.628.
Que la Diplomatura en Formación de Acompañantes Comunitarias Contra la Violencia de Género, es el resultado de las acciones de cooperación y articulación entabladas conjuntamente con el sector académico universitario de la provincia; iniciativa que comenzó en el año 2018 con su primera edición.
Que a través de la Diplomatura se propone fortalecer las redes comunitarias de apoyo, por ser el primer nivel de contacto de las personas en situación de violencia de género, contribuyendo así, a desarrollar un posicionamiento crítico y reflexivo respecto a su abordaje.
Que la citada Diplomatura tiene por objetivos, identificar las causas estructurales de las violencias de género y familiar, promover el enfoque de género y derechos humanos, incorporar conocimientos teóricos y técnicos para el abordaje de situaciones de violencia, reconocer las diferentes formas de violencias a las mujeres y violencias vinculadas, desarrollar un perfil de acompañante en situaciones de violencia de manera ética y técnica, y reconocer herramientas de autocuidado.
Que, atento a sus fundamentos, objetivos y contenido curricular, resulta pertinente en esta instancia certificar que, la Diplomatura Universitaria en Formación de Acompañantes Comunitarias Contra la Violencia de Género, que se lleva a cabo anualmente mediante la cooperación institucional del sector académico, acredita el cumplimiento de las previsiones de la Ley Nº 10.628 y su Decreto Reglamentario Nº 952/2019.
Por todo ello, y en uso de las competencias y atribuciones conferidas mediante artículo 40 del Decreto N° 1615/2019;
LA MINISTRA DE LA MUJER
RESUELVE:
Artículo 1°.- CERTIFÍCASE la “Diplomatura Universitaria en Formación de Acompañantes Comunitarias contra la Violencia de Género”, como trayecto de formación académica suficiente a los fines de acreditar el cumplimiento de las previsiones de la Ley N° 10.628, de adhesión a la Ley Nacional N° 27.499 – Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del estado, y su Decreto Reglamentario Nº 952/2019.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en Boletín Oficial y oportunamente archívese.
FDO: CLAUDIA ROXANA MARTÍNEZ -MINISTRA DE LA MUJER-
N. de R. Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 268 del 20 de noviembre de 2020.