martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Caminera: multas más caras por aumento de la Unidad Fija

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Fue establecida, por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito 8560 (T.O 2004), en $966. Ese monto equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta súper al día 5 de abril

Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito 

Resolución N° 15 

Córdoba, martes, 09 de abril de 2024 

VISTO: El expediente N° 0458-001776/2024 y lo establecido por el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004). 

Y CONSIDERANDO: 

Que tal dispositivo legal dispone que el valor de la multa por infracciones a la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), se determina en Unidades Fijas denominadas U.F, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público correspondiente a un (1) litro de nafta súper. 

Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor del referido combustible al día 5 de abril del corriente año es de pesos novecientos sesenta y seis con cero centavos ($966,00) registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. – Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), sus modificatorias. 

EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO 

RESUELVE: 

1°: ESTABLECER, el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos novecientos sesenta y seis con cero centavos ($966,00). 

2°: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva. 

3°: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Innovación Tecnológica del Ministerio de Justicia y Trabajo. 

4°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. 

FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 71 del 9 de abril de 2024.

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