Uno de sus objetivos a corto plazo es fortalecer y promover el financiamiento a las grandes empresas de los distintos sectores productivos buscando disminuir los tiempos de tramitación, evaluación y resolución de calificaciones crediticias, como así también, aumentar los saldos financiados en el segmento
Resolución 500/23-ME
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2023
Visto el expediente EX-2023-09492707- -APN-DGDA#MEC, y el artículo 5° de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o 2014), y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 5° de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) se determina que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del actual Ministerio de Economía, aprobará anualmente a través del Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía, el Plan de Acción y el Presupuesto de las Instituciones pertenecientes al Sistema Bancario Oficial.
Que, en el segundo párrafo del artículo citado en el considerando precedente, se establece que la Jefatura de Gabinete de Ministros deberá comunicar al Honorable Congreso de la Nación las medidas por las que se aprueben los Presupuesto y Planes de Acción dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de su dictado.
Que a esos efectos es menester propiciar la presente medida por la cual se aprueba el Plan de Acción y Presupuesto pertenecientes al Banco de la Nación Argentina, para el ejercicio 2023.
Que obra en el expediente señalado el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 20 de la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, y el artículo 5° de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción para el ejercicio 2023 y Presupuesto correspondientes al Banco de la Nación Argentina, Entes del Sector Público Nacional Financiero actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, que como anexos I (IF-2023-43760904-APN-SSP#MEC) y II (IF-2023-18656179-APN-SSP#MEC), respectivamente, integran esta medida.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Nivel de Recursos afectados a la financiación del Presupuesto del Banco de la Nación Argentina al que se refiere el artículo 1° de esta resolución, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que como anexo III (IF-2023-18656240-APN-SSP#MEC), integra la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al Directorio del Banco de la Nación Argentina a disponer las reestructuraciones que considere necesarias dentro de los gastos corrientes y de capital, sin exceder la suma total fijada en las Planillas Anexas al artículo 1°, que como anexo II (IF-2023-18656179-APN-SSP#MEC), integra esta medida.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros en virtud de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Sergio Tomás Massa
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.157 del 26 de abril de 2023.