Los hizo mediante la resolución 10/24 la cual estableció los valores a pagar a partir del 1 de octubre por los beneficiarios voluntarios sin relación de dependencia y para los beneficiarios voluntarios indirectos. Los importes se segmentan y van en aumento conforme el grupo etario para ambas categorías
Administración Provincial de Seguro de Salud
Resolución N° 10
Córdoba, 17 de octubre de 2024
VISTO: La Resolución 0009/24 de Directorio de la Administración Provincial de Seguro de Salud (A.Pro.S.S.), y
CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal esta Administración adecuó el cálculo de la UNIDAD DE VALOR PARA VOLUNTARIOS como base para la determinación del monto que deberán abonar los afiliados voluntarios directos y beneficiarios voluntarios indirectos. Asimismo, se delegó al director de Administración la facultad de adecuar dichos montos mensualmente.
Que en esta instancia y en cumplimiento a lo dispuesto por el art 1º, 5º, 9° y atento al art 26 inciso q) de la Ley N°9277
LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN RESUELVE:
Artículo 1°. – ESTABLÉCESE la escala de valores a partir del 1° de octubre de 2024 para los Afiliados Voluntarios sin relación de dependencia, contemplados en el Artículo 8 de la Ley N°9277, conforme Anexo I que integra a la presente.
Artículo 2°. ESTABLÉCESE la escala de valores a partir del 1° de octubre de 2024 para los Beneficiarios Voluntarios Indirectos del Artículo 9 de la Ley N°9277, conforme Anexo II que integra a la presente.
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese.
FDO.: PABLO ACOSTA, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
N. de R.- Publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 218 del 1 de noviembre de 2024.