Alcanza a aquellos sin relación de dependencia. Además, se fijó nueva escala para beneficiarios voluntarios indirectos. En ambos casos, los valores rigen a partir de septiembre del año en curso. (Ver importes en anexo adjunto)
Apross Dirección de Administración
Resolución N° 7
Córdoba, 30 de agosto de 2022
VISTO: El Expediente N° 0088-118738/2019 de la Administración Provincial de Seguro de Salud (A.Pro.S.S.), Resolución N° 0295/19,
y CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal esta Administración creó la UNIDAD DE VALOR PARA VOLUNTARIOS.
Que en esta instancia y en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 8°, adecuar el valor de dicha unidad a partir del mes de septiembre de 2022, conforme informe del Departamento Recaudaciones. Por ello, atento al Artículo 26 inciso q) de la Ley N° 9277.
LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
RESUELVE: Artículo 1°. – ESTABLÉCESE la escala de valores a partir de septiembre de 2022 para los Afiliados Voluntarios sin relación de dependencia, contemplados en el Artículo 8 de la Ley N° 9277, conforme Anexo I que integra a la presente.
Artículo 2°. – ESTABLÉCESE la escala de valores a partir de septiembre de 2022 para los Beneficiarios Voluntarios Indirectos del Artículo 9 de la Ley N° 9277, conforme Anexo II que integra a la presente.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese.
FDO.: PABLO DANIEL ACOSTA, DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 178 del 31 de agosto de 2022.