A partir de septiembre el nuevo valor es de $852
Administración Provincial de Seguro de Salud –
Resolución N° 367
Córdoba, 31 de agosto de 2023 VISTO: El Expediente N° 0088-117681/2019 de la Administración Provincial de Seguro de Salud (APROSS), Resolución N° 0258/23, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal esta Administración fijó el valor de la contribución relativa al Fondo de Enfermedades Catastróficas (F.E.C.) a cargo de cada uno de los Afiliados y Beneficiarios de esta Apross, atento inciso f) del Artículo 32 de la Ley N° 9277, facultando la revisión y actualización trimestral del importe por dicho concepto en el Titular del Servicio Administrativo.
Que en ese sentido a fs. 101, obra Resolución Nº 0258/23 del Directorio de esta Administración, por la cual actualizó dicho importe en Pesos Seiscientos Cinco ($605).
Que a fs. 102 obra intervención de la Dirección de Administración del cual surge una actualización de la contribución que se trata en Pesos Ochocientos Cincuenta y Dos ($852), a partir de septiembre de 2023.
Que en esta instancia y conforme lo dispuesto por el Artículo 32 de la Ley Nº 9277, el Directorio podrá readecuar el mínimo previsto para el Fondo de Enfermedades Catastróficas toda vez que los cálculos actuariales y financieros por las erogaciones efectuadas para la cobertura de sus tratamientos así lo requieran.
Que por lo expuesto toma intervención la Sección Legal y Técnica entendiendo que no existe óbice legal para su incremento, en tanto se respeten los parámetros establecidos, resultando necesario mantener equilibradas las finanzas de la institución, a los fines de cumplir con su fin último, que es brindar cobertura de salud, conforme lo establece el Artículo 4º del citado plexo legal.
Por ello, la normativa citada, lo dispuesto en el Artículo 26 de la Ley N° 9277 y lo dictaminado por la Subdirección de Asuntos Legales con Nº 594/23.
El DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1°.- ACTUALIZASE en Pesos Ochocientos Cincuenta y Dos ($852), el valor de la contribución referida al Fondo de Enfermedades Catastróficas (F.E.C.) a cargo de cada uno de los afiliados y beneficiarios de esta Apross, atento inciso f) del Artículo 32 de la Ley N° 9277, a partir de septiembre de 2023, atento lo expuesto precedentemente.-
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese y oportunamente Archívese.
FDO.: NICOLÁS CARVAJAL, PRESIDENTE – LUCILA FERNANDA PAUTASSO, VICEPRESIDENTA – SEBASTIÁN GARCÍA PETRINI, VOCAL
N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba Nº 169 del 5 de septiembre de 2023.